Denuncia del contrato de arrendamiento ante prestadores de servicios públicos domiciliarios: implicaciones jurídicas y procedimiento
Proviene de: Conceptos
28 de enero de 2026 11:12:31
Solidaridad en los servicios públicos domiciliarios
De acuerdo con la Ley 142 de 1994, en los contratos de servicios públicos domiciliarios las partes involucradas son el prestador del servicio y el suscriptor y/o usuario del mismo. En este marco, el propietario del inmueble, el suscriptor y los usuarios son responsables solidarios de las obligaciones y derechos derivados del contrato, especialmente en lo relativo al pago del servicio. Las facturas emitidas por las empresas prestadoras son títulos ejecutivos, lo que permite cobrar las deudas mediante procesos judiciales o coactivos.
La solidaridad implica que el prestador puede exigir el pago total a cualquiera de las partes solidarias. Sin embargo, esta solidaridad puede romperse en ciertas circunstancias, como cuando el prestador incumple la suspensión del servicio tras mora del usuario o suscriptor, o cuando el arrendatario garantiza el pago mediante depósitos o fianzas a favor de la empresa prestadora.
Ruptura de la solidaridad y denuncia del contrato de arrendamiento
La ruptura de la solidaridad se produce principalmente cuando el arrendador denuncia formalmente el contrato de arrendamiento ante la empresa prestadora y presenta garantías que aseguren el pago por parte del arrendatario. Según la Ley 820 de 2003, el arrendador puede exigir al arrendatario la constitución de garantías para asegurar el pago de los servicios públicos domiciliarios. Posteriormente, debe realizar la denuncia del contrato de arrendamiento ante la empresa prestadora y remitir las garantías correspondientes.
Desde el vencimiento del período de facturación en el que se efectúa la denuncia, la responsabilidad del pago recae exclusivamente en el arrendatario. En caso de incumplimiento, la empresa podrá hacer exigibles las garantías y, si estas no son suficientes, ejercer acciones legales contra el arrendatario.
Procedimiento para la denuncia y requisitos
El procedimiento para denunciar el contrato de arrendamiento ante el prestador de servicios públicos implica:
- Constituir garantías o depósitos que aseguren el pago.
- Presentar un formato de denuncia elaborado por la empresa prestadora, firmado bajo gravedad de juramento por arrendador y arrendatario.
- Incluir información mínima como identificación de las partes, datos del inmueble, fechas de inicio y terminación del contrato, tipo y vigencia de la garantía, y comprobantes correspondientes.
La empresa prestadora tiene un plazo máximo de diez días hábiles para aceptar la documentación presentada. Si la denuncia no se realiza, continúa operando la solidaridad y el arrendador sigue siendo responsable solidario del pago.
Implicaciones en caso de incumplimiento
En caso de que el arrendador no denuncie el contrato o no exija las garantías, el propietario seguirá siendo responsable solidario por el pago de los servicios públicos. Ante incumplimientos del arrendatario, la empresa prestadora podrá exigir el pago total al propietario, suscriptor o usuario indistintamente, ejecutar las facturas y suspender el servicio tras los períodos de facturación establecidos.
Este concepto jurídico de la Superservicios ofrece claridad sobre los derechos y obligaciones de las partes involucradas en contratos de arrendamiento relacionados con servicios públicos domiciliarios, así como sobre el procedimiento para desvincular al propietario de la responsabilidad solidaria mediante la denuncia y constitución de garantías. Para mayor información, la ciudadanía puede consultar la compilación jurídica del sector en el portal oficial de la Superservicios, donde se encuentran disponibles todos los documentos y guías relacionadas con este tema.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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