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Doctrina oficial de la DIAN sobre interpretación tributaria es de obligatoria observancia desde su publicación

Proviene de: Oficios

28 de enero de 2026 11:26:9

Carácter obligatorio de la doctrina emitida por la DIAN

La Subdirección de Normativa y Doctrina de la DIAN está facultada para absolver consultas generales sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias, aduaneras y de fiscalización cambiaria bajo la competencia de la entidad. La doctrina emitida tiene carácter general y no se refiere a casos particulares, conforme al artículo 131 de la Ley 2010 de 2019. En reiteradas oportunidades se ha señalado que los conceptos emitidos por la Dirección de Gestión Jurídica y la Subdirección de Normativa y Doctrina constituyen interpretación oficial para los empleados públicos de la DIAN. Dicha interpretación está respaldada por el artículo 13 de la Ley 2010 de 2019.

Publicación como requisito para la vigencia

Los artículos 55 y 56 del Decreto 1742 de 2020 establecen que los conceptos publicados en la página web de la DIAN son de obligatoria observancia para sus funcionarios. De igual forma, la Circular DIAN 10 de 2022 señala que la publicación en el sitio web oficial es el momento a partir del cual la doctrina adquiere vigencia y carácter vinculante. Por tanto, la publicación constituye el requisito esencial para determinar desde cuándo la doctrina es obligatoria para los funcionarios de la DIAN.

Fecha de vigencia del concepto 010763 INT 2305

Respecto al concepto emitido el 20 de diciembre de 2024, se verificó que fue publicado en la página oficial de la DIAN el 26 de diciembre de 2024. Por consiguiente, desde esta fecha la interpretación expuesta en dicho concepto es de obligatorio cumplimiento para los funcionarios de la entidad....

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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