Propósito y objetivo del proyecto de resolución
El proyecto de resolución tiene como propósito general establecer una metodología clara y actualizada para la determinación de la remuneración asociada al margen del distribuidor mayorista para la gasolina motor corriente, ACPM -Diésel y sus mezclas con biocombustibles. Su objetivo principal es regular los márgenes máximos reconocidos a favor de los distribuidores mayoristas, remunerando inversiones, costos operativos, mantenimiento, administración y ventas. Esta regulación apunta a garantizar una prestación eficiente del servicio público de distribución de combustibles líquidos derivados del petróleo, conforme a las facultades constitucionales y legales del Estado.
Nuevas disposiciones y mecanismos introducidos
El proyecto fija un margen mayorista para ambos combustibles, gasolina motor corriente y ACPM -Diésel, en trescientos ochenta y dos pesos con setenta y cinco centavos por galón ($382,75/gal), valor que remunera las inversiones en infraestructura y costos asociados. Asimismo, establece que este margen se actualizará anualmente el primero de junio, aplicando factores basados en índices económicos certificados por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE):
| Indexador |
Componente a indexar |
Valor componente ($/galón) |
| Índice de Precios al Productor de Oferta Interna Industrial (IPP OI Industrial) |
Inversiones en infraestructura |
107,99 |
| Índice de Precios al Consumidor (IPC) |
Costos de operación, mantenimiento, administración y ventas |
274,76 |
| Total margen máximo reconocido |
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382,75 |
Además, se propone reconocer un cobro por concepto de lleno de línea de cinco pesos con cincuenta y nueve centavos por galón ($5,59/gal), aplicable a ambos combustibles, hasta la implementación de una metodología tarifaria para la remuneración del transporte de combustibles y gas licuado del petróleo (GLP) por ductos.
Acciones y regulaciones establecidas
El proyecto contempla la actualización periódica del margen mayorista con base en indicadores económicos, garantizando que la remuneración refleje la evolución de costos e inversiones. Asimismo, se establece una tasa de descuento de referencia para el análisis de inversiones en distribución mayorista, basada en la metodología definida en la Resolución CREG 004 de 2021, con un valor inicial del 13,24%, sujeto a futuras actualizaciones.
Impacto y alcance potencial
Esta regulación impacta directamente a los distribuidores mayoristas de gasolina motor corriente y ACPM -Diésel, quienes verán ajustados los márgenes máximos reconocidos para la comercialización de estos combustibles. Además, busca fortalecer la transparencia y eficiencia en la cadena de distribución, contribuyendo al cumplimiento de los objetivos estratégicos del sector energético y la prestación eficiente del servicio público de combustibles líquidos en todo el territorio nacional.
Participación de actores clave
El proyecto fue sometido a un proceso de consulta pública por treinta días hábiles, invitando a agentes regulados, usuarios, autoridades competentes, gremios, universidades y demás interesados a presentar observaciones y sugerencias. Durante este proceso, se recibieron comentarios de múltiples entidades del sector petrolero y académico. Además, se llevaron a cabo tres audiencias públicas en las ciudades de Barranquilla, Cali y Bogotá, con la participación de gobernadores, alcaldes, comités de control y representantes de los usuarios y gremios relacionados con combustibles líquidos.
La Comisión de Regulación de Energía y Gas evaluará las observaciones recibidas para definir la regulación final, garantizando que la metodología responda a las necesidades del sector y a los objetivos constitucionales y legales de regulación, control y vigilancia del servicio público de distribución de combustibles líquidos derivados del petróleo.
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Este proyecto representa un avance en la regulación económica del sector energético, promoviendo la actualización de los márgenes de distribución mayorista en concordancia con las condiciones actuales del mercado y criterios técnicos sustentados en índices oficiales. La consulta pública abierta permitirá un diálogo amplio con los actores involucrados para afinar la norma antes de su adopción definitiva, asegurando un equilibrio entre la sostenibilidad del sector y la protección de los intereses de los consumidores.