ICBF actualiza la Guía Operativa para Espacios Comunitarios Atrapasueños en pro de la infancia y adolescencia
Proviene de: Resoluciones
29 de enero de 2026 16:24:23
Contexto y emisión de la resolución
La Resolución 0868 de 2026 fue expedida el 22 de enero de 2026 por la Dirección General del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), y publicada en el Diario Oficial No. 53.381 el 28 de enero de 2026. Esta disposición modifica el artículo 3° de la Resolución 458, emitida el 7 de febrero de 2025, que estableció inicialmente la “Guía Operativa Espacios Comunitarios Atrapasueños”. El ICBF, entidad encargada de ejecutar las políticas nacionales de protección a la infancia y adolescencia, fundamenta su actuación en diversas normas constitucionales y legales, entre ellas la Ley 7 de 1979, la Ley 489 de 1998, y la Ley 1098 de 2006, que protege los derechos de niñas, niños y adolescentes.
Objeto y destinatarios de la resolución
El tema principal de esta resolución es la actualización y aprobación de la versión 2 de la Guía Operativa para los Espacios Comunitarios Atrapasueños, una modalidad dentro del programa de Prevención de Riesgos y Desarrollo de Capacidades. La guía orienta la prestación directa del servicio por parte del ICBF, eliminando intermediaciones y fortaleciendo la coordinación intersectorial para garantizar una atención integral y de calidad a la infancia y adolescencia. El destinatario principal de esta resolución es el talento humano del ICBF y las entidades vinculadas al Sistema Nacional de Bienestar Familiar (SNBF), así como las comunidades y actores territoriales involucrados en la implementación de estos espacios comunitarios.
Finalidad y contenido de la actualización
La finalidad de la resolución es adaptar la guía operativa para reflejar los cambios derivados de la transformación institucional del ICBF y responder al llamado presidencial para asumir la prestación directa de servicios. La versión 2 mantiene los enfoques, normatividad, criterios de calidad, estructura de costos y rutas operativas definidas en la versión anterior, pero introduce ajustes en los procedimientos, el lenguaje operativo y las funciones del personal, buscando mayor precisión en la descripción del servicio y fortaleciendo las actividades y responsabilidades del talento humano. Esto se traduce en una mejor articulación con políticas nacionales de infancia y adolescencia y en una implementación más eficiente y coherente en los territorios.
Base legal y régimen de transición
La actualización se fundamenta en el artículo 28 de la Ley 7 de 1979, el artículo 78 de la Ley 489 de 1998, el Decreto 334 de 1980, el Decreto 1430 de 2025, la Ley 1098 de 2006, la Ley 2328 de 2023, y el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026, entre otras disposiciones. Además, se cumple con los procedimientos establecidos en la Ley 1437 de 2011 y el Decreto 1081 de 2015 para su publicación y participación ciudadana, sin que se hayan recibido observaciones tras su divulgación previa.
El régimen de transición contempla que los procesos, contratos y actuaciones iniciados bajo la versión 1 de la guía continúen su curso conforme a dicho documento hasta su finalización, asegurando estabilidad administrativa y jurídica en la implementación.
Impacto potencial
Esta actualización representa un paso relevante para la consolidación del ICBF como operador directo en la prestación de servicios sociales dirigidos a la niñez y adolescencia, lo cual puede traducirse en una mayor eficiencia, transparencia y calidad en la atención. La precisión en las funciones del talento humano y la eliminación de intermediarios pueden facilitar una respuesta más oportuna y adecuada a las necesidades de los menores y sus familias, contribuyendo así al desarrollo integral y a la protección efectiva de sus derechos.
En resumen, la Resolución 0868 de 2026 asegura la coherencia institucional y técnica en la implementación de los Espacios Comunitarios Atrapasueños, reafirmando el compromiso del Estado colombiano con la protección y promoción de los derechos de las niñas, niños y adolescentes.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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