Contexto y emisión de la resolución
La Resolución número 0888, fechada el 23 de enero de 2026 y publicada en el Diario Oficial No. 53.381, fue expedida por la Dirección General del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF). Su objetivo principal es actualizar y consolidar las normas que regulan la gestión del aporte parafiscal del 3%, que es un recurso económico esencial para el financiamiento de programas y servicios dirigidos a la población vulnerable, especialmente niños, niñas, jóvenes y familias colombianas.
Objeto y alcance
La resolución establece lineamientos claros para la adecuada, completa y oportuna liquidación de las contribuciones parafiscales a favor del ICBF, así como para el cobro, devolución y compensación de aportes en caso de pagos en exceso o indebidos. Además, regula el funcionamiento de los comités de seguimiento encargados de evaluar y verificar el cumplimiento de estas obligaciones, asegurando la transparencia y eficacia en la administración de los recursos.
El ámbito de aplicación incluye a los servidores públicos del ICBF involucrados en los procesos administrativos relacionados con el recaudo y fiscalización, así como a los empleadores públicos, mixtos y privados obligados a realizar el aporte parafiscal.
Colaboración interinstitucional y bases legales
La resolución fortalece la colaboración entre el ICBF y la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP), en cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 1068 de 2015 y la Ley 1607 de 2012. Esta cooperación busca garantizar la verificación de la exactitud y consistencia de las autoliquidaciones y facilitar el cobro de aportes en mora.
Se fundamenta en diversas normas, entre ellas la Ley 7ª de 1979, la Ley 89 de 1988, la Ley 1607 de 2012, el Estatuto Tributario, y decretos reglamentarios como los números 4156 de 2011 y 1430 de 2025. La resolución también incorpora los estándares y procedimientos establecidos por la UGPP para la gestión de aportes parafiscales.
Principales disposiciones y procedimientos
Entre las decisiones clave, la resolución:
- Unifica y actualiza los procedimientos para la liquidación, verificación y cobro del aporte parafiscal del 3%.
- Define las responsabilidades específicas de las áreas financieras, jurídicas, tecnológicas y regionales del ICBF en el proceso de recaudo y fiscalización.
- Establece plazos claros para la verificación documental y para la respuesta de los aportantes ante solicitudes de información (30 días hábiles para entregar documentos, con posibilidad de prórroga).
- Regula el trámite para la devolución o compensación de aportes pagados en exceso o indebidamente, con un término máximo de cinco años para presentar solicitudes.
- Implementa estándares de cobro en mora alineados con los lineamientos de la UGPP, priorizando la gestión de las mayores cuantías y antigüedad.
- Organiza la creación y funcionamiento de comités de seguimiento, tanto a nivel nacional como regional, que supervisan el cumplimiento y la gestión del aporte parafiscal.
- Define mecanismos para el manejo de casos concursales y procesos judiciales relacionados con la cartera del aporte parafiscal.
Modificaciones normativas y derogaciones
La Resolución 0888 de 2026 deroga en su totalidad las Resoluciones números 575 de 2016, 1363 de 2017, 3365 de 2021, 9991 de 2021, 2929 de 2022 y 3407 de 2022, consolidando en un solo cuerpo normativo los lineamientos antes dispersos. Esto facilita la aplicación uniforme y coherente de las normas relacionadas con el aporte parafiscal al ICBF.
Impacto potencial
Con esta actualización normativa, el ICBF busca optimizar la gestión de los recursos parafiscales, esenciales para garantizar la financiación de sus programas sociales. La resolución mejora la coordinación interinstitucional con la UGPP, fortalece los controles internos, y promueve la transparencia en la administración y fiscalización de los aportes. Para los empleadores, implica claridad en sus obligaciones y en los procedimientos para atender requerimientos y solicitudes de devolución, contribuyendo a una mayor seguridad jurídica y eficiencia administrativa.
En conclusión, esta resolución representa un avance significativo en la regulación del aporte parafiscal al ICBF, consolidando un marco normativo integral que promueve la correcta administración de recursos fundamentales para el bienestar social en Colombia.