ICBF establece nuevos lineamientos para el control y gestión del aporte parafiscal del 3% a su favor
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29 de enero de 2026 10:32:8
Contexto y emisión de la resolución
La Resolución número 0888, fechada el 23 de enero de 2026 y publicada en el Diario Oficial No. 53.381, fue expedida por la Dirección General del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF). Su objetivo principal es actualizar y consolidar las normas que regulan la gestión del aporte parafiscal del 3%, que es un recurso económico esencial para el financiamiento de programas y servicios dirigidos a la población vulnerable, especialmente niños, niñas, jóvenes y familias colombianas.
Objeto y alcance
La resolución establece lineamientos claros para la adecuada, completa y oportuna liquidación de las contribuciones parafiscales a favor del ICBF, así como para el cobro, devolución y compensación de aportes en caso de pagos en exceso o indebidos. Además, regula el funcionamiento de los comités de seguimiento encargados de evaluar y verificar el cumplimiento de estas obligaciones, asegurando la transparencia y eficacia en la administración de los recursos.
El ámbito de aplicación incluye a los servidores públicos del ICBF involucrados en los procesos administrativos relacionados con el recaudo y fiscalización, así como a los empleadores públicos, mixtos y privados obligados a realizar el aporte parafiscal.
Colaboración interinstitucional y bases legales
La resolución fortalece la colaboración entre el ICBF y la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP), en cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 1068 de 2015 y la Ley 1607 de 2012. Esta cooperación busca garantizar la verificación de la exactitud y consistencia de las autoliquidaciones y facilitar el cobro de aportes en mora.
Se fundamenta en diversas normas, entre ellas la Ley 7ª...
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