Tribunal Administrativo de Antioquia admite recurso de apelación en proceso laboral contra Colpensiones
Tribunal Administrativo de Antioquia admite recurso de apelación en proceso laboral contra Colpensiones
Proviene de: Sentencias
29 de enero de 2026 10:38:44
Contexto y naturaleza de la decisión
El Tribunal Administrativo de Antioquia, en su Sala Tercera de Oralidad, emitió un auto el 20 de enero de 2026 mediante el cual admitió un recurso de apelación en un proceso laboral de nulidad y restablecimiento del derecho. La providencia fue proferida por la Magistrada Ponente y se enmarca en la segunda instancia del proceso, tras la sentencia inicial emitida por el Juzgado Décimo Administrativo Oral del Circuito de Medellín.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso tiene como demandante a una ciudadana que interpuso la demanda contra la Administradora Colombiana de Pensiones - Colpensiones, con el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) llamado en garantía. La apelación fue presentada el 7 de octubre de 2025 contra la sentencia de primera instancia dictada el 25 de septiembre de 2025, la cual fue notificada a través de correo electrónico. El expediente fue asignado a la Sala Tercera de Oralidad del Tribunal el 3 de diciembre de 2025.
Consideraciones jurídicas de la providencia
La decisión se fundamenta en el artículo 247 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, modificado por el artículo 67 de la Ley 2080 de 2021, que regula la admisión de recursos de apelación en segunda instancia. Este artículo establece que el recurso debe ser admitido si cumple con los requisitos legales, permitiendo que las partes puedan pronunciarse hasta la ejecutoria de la providencia que admite dicho recurso.
Asimismo, el auto ordena notificar personalmente al Ministerio Público, conforme al numeral tercero del artículo 198 del mismo código, que exige la notificación directa del auto admisorio del recurso en segunda instancia al agente del Ministerio Público. Por su parte, las demás partes serán notificadas por estados en el proceso.
La providencia también recuerda que el Ministerio Público tiene la facultad de emitir concepto desde la admisión del recurso hasta antes de que el proceso sea asignado a despacho para sentencia, según el numeral 6 del artículo 247. Finalmente, se dispuso que la Secretaría de la Corporación envíe comunicación oficial a las partes involucradas a las direcciones electrónicas registradas.
Implicaciones del auto
Este auto representa un paso procesal fundamental en la revisión judicial del caso, asegurando el cumplimiento de las formalidades legales para garantizar el derecho al debido proceso. La admisión del recurso abre la posibilidad para que las partes presenten sus argumentos en segunda instancia, y para que el Tribunal Administrativo de Antioquia realice un análisis más profundo sobre la controversia planteada en materia laboral contra Colpensiones.
En conclusión, la providencia adoptada responde a la normativa vigente y establece las bases para el desarrollo adecuado del proceso, respetando los derechos procesales de las partes y la participación del Ministerio Público dentro del trámite judicial, garantizando así un proceso transparente y equitativo para todas las partes involucradas.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.