Tribunal Superior de Bogotá admite acción de tutela contra la Superintendencia de Sociedades por negativa en proceso de liquidación judicial
Proviene de: Sentencias
29 de enero de 2026 10:56:21
Contexto y Tribunal competente
La acción de tutela fue admitida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Civil, en primera instancia, en cumplimiento del artículo 37 del Decreto 2591 de 1991. La providencia corresponde a un auto mediante el cual se ordena a la Superintendencia de Sociedades pronunciarse sobre los fundamentos fácticos del amparo y aportar la documentación necesaria para aclarar las razones de su rechazo a la solicitud de liquidación judicial.
Antecedentes fácticos y procesales
El accionante es una persona natural no comerciante, quien además ostenta la calidad de controlante de una sociedad mercantil que se encuentra en proceso de liquidación judicial. En razón de dificultades económicas, presentó solicitud de liquidación judicial bajo lo previsto en el parágrafo primero del artículo 4 de la Ley 2445 de 2025, que ratifica lo establecido en el artículo 532 de la Ley 1564 de 2012.
Inicialmente, la Superintendencia de Sociedades inadmitió dicha solicitud argumentando que la sociedad controlada debía estar admitida previamente a un proceso de liquidación abreviada. Posteriormente, admitió el proceso de liquidación simplificada de la sociedad controlada, cumpliendo así el requisito para la solicitud del accionante.
Sin embargo, en providencia posterior, la Superintendencia rechazó la solicitud de liquidación judicial del accionante alegando falta de competencia, basándose en la interpretación restrictiva del artículo 532 de la Ley 1564 de 2012, modificado por la Ley 2445 de 2025. Según dicha interpretación, las personas naturales no comerciantes que sean controlantes de sociedades mercantiles deben someterse al régimen de insolvencia previsto en la Ley 1116 de 2006, y no al procedimiento general de insolvencia para personas...
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