Tribunal Superior de Bogotá admite tutela contra decisiones de Superintendencia de Industria y Comercio y Juzgado Civil por vulneración al debido proceso en notificaciones electrónicas
Proviene de: Sentencias
29 de enero de 2026 11:0:36
Contexto y tribunal competente
La acción de tutela fue admitida por la Magistrada de la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, instancia que conoce del proceso judicial relacionado con la resolución de recursos en materia de protección al consumidor. La acción fue promovida contra el Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Bogotá y la Superintendencia de Industria y Comercio, Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales, en el marco de un proceso de protección al consumidor radicado bajo el número 2025-110100-3.
Antecedentes fácticos y procesales
El caso se originó con la presentación de una demanda ante la Superintendencia de Industria y Comercio por parte de un consumidor, quien solicitó la efectividad de la garantía de un vehículo adquirido a un concesionario autorizado. La demanda fue admitida mediante auto de abril de 2025, y se ordenó notificar electrónicamente a la sociedad demandada, que es concesionaria de vehículos.
La sociedad demandada presentó la contestación de la demanda y el llamamiento en garantía de manera electrónica, pero la Superintendencia dictó una constancia en la que se declaró extemporánea esta presentación, fundamentando la decisión en la aplicación del artículo 292 del Código General del Proceso, que establece que la notificación se entiende surtida al finalizar el día siguiente al de la entrega del aviso. En consecuencia, rechazó el llamamiento en garantía y declaró extemporánea la contestación.
Los recursos interpuestos por la sociedad demandada para corregir esta situación fueron negados por la Superintendencia y luego confirmados por el Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Bogotá, que resolvió el recurso de apelación confirmando las decisiones anteriores, reafirmando que el término...
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