Tribunal Superior de Bogotá confirma nulidad de mandamiento de pago contra patrimonio autónomo en liquidación y ordena remisión del proceso al ente administrativo correspondiente
Proviene de: Sentencias
29 de enero de 2026 11:11:57
Providencia proferida en segunda instancia por el Tribunal Superior de Bogotá
La Sala Segunda de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en ejercicio de la función jurisdiccional de segunda instancia, emitió un auto el 23 de enero de 2026, por medio del cual resolvió un recurso de apelación interpuesto contra una providencia del Juzgado Veintiséis Laboral del Circuito de Bogotá, que había librado mandamiento de pago contra el Patrimonio Autónomo de Remanentes (PAR) de una entidad pública liquidada, administrado por una fiduciaria.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso ejecutivo laboral fue instaurado por un demandante en contra del Patrimonio Autónomo de Remanentes de una entidad pública suprimida y en liquidación, con el fin de hacer efectivo el pago de acreencias laborales reconocidas en sentencias judiciales firmes y costas procesales. La entidad demandada y la fiduciaria que administra el patrimonio sostuvieron que el proceso carecía de competencia, pues las obligaciones derivadas de la entidad liquidada debían tramitarse y pagarse mediante el proceso administrativo especial previsto en el régimen liquidatorio, concretamente bajo lo dispuesto en el Decreto Ley 254 de 2000, la Ley 1105 de 2006 y normas complementarias.
El juzgado de primera instancia libró mandamiento de pago, decisión contra la cual se interpuso recurso de apelación por la parte ejecutada. La Sala Segunda de Decisión Laboral del Tribunal Superior de Bogotá conoció del recurso y procedió a su análisis.
Consideraciones jurídicas y razón principal de la decisión
El Tribunal recordó que la competencia para adelantar procesos ejecutivos en contra de entidades públicas en liquidación se encuentra desplazada por un régimen especial normativo que...
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