Tribunal Superior de Bogotá rechaza recursos de casación de AFP Porvenir y confirma vigencia de traslado pensional según Ley 2381 de 2024
Proviene de: Sentencias
29 de enero de 2026 11:12:53
Contexto y tribunal
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá D.C., en su Sala Laboral, bajo la ponencia del Magistrado Rodrigo Ávalos Ospina, ha conocido y decidido sobre varios recursos extraordinarios de casación presentados por la demandada Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías Porvenir S.A. Las providencias se dictaron en procesos ordinarios laborales relacionados con la ineficacia del traslado entre regímenes pensionales, particularmente del régimen de ahorro individual con solidaridad (RAIS) al régimen de prima media con prestación definida (RPMPD).
Antecedentes procesales
Los procesos surgieron por demandas promovidas contra administradoras de fondos de pensiones y cesantías y Colpensiones, en las que los demandantes solicitaron declarar la nulidad o ineficacia del traslado voluntario al RAIS y ordenar el retorno al RPMPD. En primera instancia se dictaron sentencias que declararon la ineficacia de dichos traslados, confirmadas en grado jurisdiccional de consulta a favor de Colpensiones.
Porvenir S.A. interpuso recursos extraordinarios de casación contra estas sentencias de segunda instancia, argumentando interés económico para recurrir y solicitando también la terminación anticipada de los procesos con base en la promulgación de la Ley 2381 de 2024, que creó un mecanismo administrativo para el traslado de régimen pensional.
Consideraciones jurídicas principales
La Sala ha reiterado el criterio jurisprudencial establecido por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, que determina que las AFP carecen de interés económico para recurrir en casación cuando la sentencia se limita a ordenar el traslado de los saldos de la cuenta individual del afiliado a Colpensiones, puesto que dichos recursos y sus rendimientos financieros no forman parte del patrimonio de la...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.