Tribunal Superior de Bogotá confirma inclusión de inmueble en liquidación de sociedad conyugal
Proviene de: Sentencias
29 de enero de 2026 11:19:47
Contexto y naturaleza de la decisión
La providencia en análisis corresponde a un auto proferido en segunda instancia por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala de Familia. El tribunal resolvió el recurso de apelación interpuesto contra el auto de primera instancia emitido por el Juzgado Doce de Familia, relacionado con la aprobación de inventarios y avalúos en un proceso de liquidación de sociedad conyugal.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se originó por la solicitud de liquidación de sociedad conyugal entre dos cónyuges, cuyo matrimonio civil fue celebrado en 1987 y disuelto judicialmente en 2022 mediante sentencia de divorcio por mutuo acuerdo. Durante este proceso, se llevó a cabo la diligencia de inventario de bienes, donde se incluyó un inmueble ubicado en Ibagué, adquirido en 1993, con avalúo comercial superior a los cien millones de pesos.
El cónyuge demandado objetó la inclusión de dicho inmueble en el inventario, argumentando que este fue adquirido con recursos propios derivados de su trabajo profesional, sin aportes de la contraparte, y que existió separación de hecho desde el inicio del matrimonio. Además, sostuvo que la convivencia fue esporádica y que la sociedad conyugal se habría disuelto antes del divorcio formal, invocando jurisprudencia que establece la terminación de la sociedad conyugal ante separación de hecho prolongada.
En primera instancia, el Juzgado Doce de Familia declaró infundadas las objeciones, aprobando el inventario y avalúo presentado por la parte demandante, basándose en la presunción legal de que los bienes adquiridos durante la vigencia del matrimonio, sin capitulaciones o pruebas en contrario, pertenecen al patrimonio social.
Consideraciones del Tribunal Superior
El Tribunal...
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