Contexto y entidad emisora
La Resolución UAE-CRA 51 de 2026, publicada en el Diario Oficial No. 53.382 el 29 de enero de 2026, fue expedida por la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA), entidad responsable de regular los servicios públicos de agua potable, saneamiento básico y aseo en Colombia. Esta resolución se inscribe en el marco normativo de las Leyes 142 de 1994 y 1437 de 2011, modificada por la Ley 2080 de 2021, y diversos decretos y resoluciones previas que regulan la materia.
Asunto principal y destinatarios
El tema central es la suspensión de la actuación administrativa relacionada con la adopción de fórmulas tarifarias contenidas en el proyecto de resolución que subroga el Título 2, Parte 3, Libro 5 de la Resolución CRA 943 de 2021. Este proyecto regula la metodología tarifaria para las personas prestadoras del servicio público de aseo que atienden municipios y distritos con más de 5.000 suscriptores en zonas urbanas. Los destinatarios principales son las empresas y entidades prestadoras de este servicio, así como los municipios y distritos involucrados, dado que los ajustes tarifarios impactan directamente en la prestación y costos del servicio para la ciudadanía.
Objetivo de la resolución
La finalidad de esta resolución es suspender temporalmente el proceso administrativo para la adopción de las nuevas fórmulas tarifarias, en virtud de la presentación de una recusación contra un miembro experto de la Comisión. Esta suspensión garantiza el cumplimiento del debido proceso y la transparencia en las decisiones regulatorias, evitando posibles conflictos de interés o cuestionamientos al proceder administrativo.
Decisiones y regulaciones contenidas
La resolución dispone:
- Suspender la actuación administrativa desde la presentación de la recusación el 26 de enero de 2026 hasta que se resuelva y quede en firme la decisión sobre la misma, conforme a la constancia de ejecutoria que expida la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.
- Publicar la resolución en la página web de la CRA, en el Diario Oficial y en el Sistema Único de Consulta Pública (Sucop) para garantizar la transparencia y el acceso público a la información.
- Comunicar formalmente a la parte interesada la suspensión decretada.
Base legal y procedimientos
La resolución se fundamenta en el artículo 12 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, que regula el trámite de impedimentos y recusaciones, estableciendo plazos para la manifestación y resolución de estas, así como la suspensión del procedimiento administrativo mientras se decide sobre la recusación. Además, se sustenta en las facultades conferidas por la Ley 142 de 1994 y demás normas reglamentarias relacionadas con la regulación del servicio público de aseo.
Modificaciones y antecedentes
Esta suspensión se enmarca en un proceso que ha enfrentado suspensiones previas por recusaciones contra diferentes expertos comisionados, reguladas mediante resoluciones anteriores (UAE-CRA 823 de 2025, 956 de 2025, 331 de 2025 y 038 de 2026). La Comisión autorizó a la Dirección Ejecutiva de la CRA para suspender o levantar suspensiones en casos de recusaciones sin necesidad de pasar por otros órganos, salvo cuando la recusación sea contra la propia Dirección Ejecutiva.
Impacto potencial
La suspensión temporal del proceso tarifario implica una demora en la adopción de nuevas fórmulas que afectan las tarifas del servicio público de aseo en municipios y distritos con más de 5.000 suscriptores. Esto puede influir en la planificación y ejecución de las políticas tarifarias, así como en las condiciones económicas de los prestadores y usuarios del servicio. La medida busca preservar la legitimidad y legalidad del procedimiento administrativo, asegurando que las decisiones regulatorias se adopten con plena transparencia y sin conflictos de interés.