Contexto y propósito del decreto
El Decreto 0120 de 2026 fue emitido por el Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia el 30 de enero de 2026, con el fin de modificar la estructura organizacional de dicha entidad. Esta iniciativa se fundamenta en las facultades constitucionales y legales conferidas al Presidente de la República, en particular el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política, y en la Ley 489 de 1998.
El propósito principal del decreto es actualizar y fortalecer la estructura interna del Ministerio para garantizar el cumplimiento efectivo de sus objetivos institucionales y la ejecución de las disposiciones legales relacionadas con la salud pública, la protección social, el aseguramiento en salud y riesgos laborales, y la promoción social en salud. Esto responde a la ampliación de competencias del Ministerio derivada de diversas leyes recientes y de los lineamientos del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026, que priorizan un sistema de salud universal, preventivo y garantista.
Medidas y disposiciones principales
El decreto establece una estructura organizacional detallada para el Ministerio, organizando sus dependencias en despachos ministeriales, direcciones, subdirecciones y oficinas asesoras con funciones específicas. Entre las disposiciones más relevantes destacan:
- La definición clara de los objetivos y funciones del Ministerio en salud pública, promoción social, aseguramiento, riesgos laborales y protección social.
- La creación y organización de oficinas estratégicas, tales como la Dirección Jurídica, la Dirección Estratégica de Tecnología de la Información y la Oficina Asesora de Planeación y Estudios Sectoriales.
- La configuración de dos viceministerios: el de Salud Pública y Atención Primaria, y el de Protección Social, cada uno con direcciones especializadas enfocadas en áreas como determinantes sociales, salud mental, regulación del aseguramiento, pensiones, beneficios económicos y financiamiento sectorial.
- La adscripción de entidades clave al Ministerio, incluyendo el Instituto Nacional de Salud, el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA), y la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES), entre otras.
- El fortalecimiento de la gestión territorial, emergencias y desastres, así como la promoción de la calidad y control interno dentro del Ministerio.
- La regulación y control del Fondo Nacional de Estupefacientes como Unidad Administrativa Especial adscrita al Viceministerio de Salud Pública y Atención Primaria, con autonomía administrativa y financiera.
- La adopción de políticas y estrategias para la digitalización, interoperabilidad de sistemas de información en salud, y promoción de la participación ciudadana.
Ámbito de aplicación y entidades afectadas
El Decreto 0120 de 2026 tiene aplicación a nivel nacional, afectando directamente al Ministerio de Salud y Protección Social y a sus entidades adscritas y vinculadas. Asimismo, impacta a las entidades territoriales, Entidades Promotoras de Salud (EPS), instituciones prestadoras de servicios de salud, y demás actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud y del Sistema General de Riesgos Laborales.
Además, establece mecanismos para la coordinación interinstitucional y con los diferentes niveles de gobierno para la implementación efectiva de políticas públicas en salud y protección social.
Excepciones y régimen transitorio
El decreto no menciona expresamente excepciones específicas a su aplicación, pero deroga el Decreto 4107 de 2011 y aquellas disposiciones que le sean contrarias, estableciendo así un marco actualizado y homogéneo para la estructura y funcionamiento del Ministerio.
Llamado a la ciudadanía y funcionarios
Se invita a los funcionarios públicos, entidades territoriales, organismos adscritos y vinculados, así como a la sociedad en general, a acoger y participar activamente en la implementación de las medidas establecidas, con el fin de fortalecer el sistema de salud y protección social en Colombia.
Base legal y vigencia
Este decreto se expide en ejercicio de las facultades constitucionales y legales conferidas al Presidente de la República, especialmente por el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998. El decreto entró en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial número 53.383, el 30 de enero de 2026.
Impacto para la ciudadanía y entidades del sector salud
La reforma busca garantizar un sistema de salud más eficiente, equitativo y sostenible mediante una estructura ministerial fortalecida y especializada. Esto incluye mejoras en la promoción de salud, prevención de enfermedades, aseguramiento financiero, gestión de talento humano, infraestructura hospitalaria y la incorporación de tecnologías digitales.