Entidad emisora y contexto normativo
La presente resolución fue emitida por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) el 30 de enero de 2026, y publicada en el Diario Oficial No. 53.384 el 31 de enero de 2026. Esta actualización sustituye los artículos 1.2.1.1.1. y 1.2.1.1.2. de la Resolución número 227 de 2025, que compila y racionaliza la normativa tributaria, aduanera y cambiaria vigente. El ajuste tarifario se fundamenta en diversas disposiciones legales, principalmente en las Leyes 1607 de 2012, 1819 de 2016, y 2277 de 2022, así como en decretos reglamentarios y normas administrativas que regulan la materia tributaria en Colombia.
Tema principal y destinatarios
El asunto central de la resolución es la actualización de las tarifas aplicables al Impuesto Nacional a la Gasolina, al ACPM y al Impuesto Nacional al Carbono, que gravan el consumo y la importación de combustibles fósiles en el país. Estas tarifas afectan directamente a los productores, importadores, distribuidores y consumidores de gasolina y ACPM, así como a quienes utilizan combustibles fósiles en actividades económicas diversas, incluyendo sectores específicos como la pesca, el cabotaje y la Armada Nacional. La actualización es relevante para garantizar el cumplimiento tributario y la adecuada recaudación fiscal conforme a las variaciones económicas.
Objetivo y finalidad de la resolución
El propósito de la resolución es ajustar las tarifas mencionadas con base en la inflación del año anterior y otros parámetros legales, con el fin de mantener vigente el régimen tributario sobre los combustibles y su contenido de carbono equivalente. Este ajuste es anual y obligatorio, conforme al mandato legal que establece la actualización automática de los valores de los impuestos para evitar la pérdida del poder adquisitivo de la tarifa original.
Principales decisiones y regulaciones
La resolución establece las nuevas tarifas a partir del 1° de febrero de 2026, de la siguiente manera:
| Concepto | Tarifa por galón (COP) |
| Gasolina Corriente | $801,27 |
| Gasolina Extra | $1.520,78 |
| ACPM | $766,93 |
| ACPM para actividades de pesca, cabotaje y Armada Nacional | $977,48 |
| Gasolina Corriente en Archipiélago de San Andrés | $1.578,40 |
| Gasolina Extra en Archipiélago de San Andrés | $1.670,10 |
| ACPM en Archipiélago de San Andrés | $1.045,76 |
Además, para las mezclas de ACPM con biocombustibles, la tarifa se ajusta proporcionalmente según el porcentaje de ACPM en la mezcla, respetando la exención del impuesto para los biocombustibles nacionales.
En cuanto al Impuesto Nacional al Carbono, la tarifa por tonelada de carbono equivalente (CO2eq) para 2026 se fijó en $29.070,49, representando un ajuste del 6,10% conforme a la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del año 2025 más un punto adicional, sin alcanzar el umbral máximo de tres Unidades de Valor Tributario (UVT).
Se establece también una gradualidad para la aplicación del impuesto al carbón, con incrementos progresivos hasta alcanzar la tarifa plena en 2028.
Base legal y vigencia
La actualización se fundamenta en:
- El numeral 2 del artículo 8° del Decreto 1742 de 2020.
- Los artículos 167, 168, 171, 174 y 175 de la Ley 1607 de 2012, y sus modificaciones por la Ley 1819 de 2016 y la Ley 2277 de 2022.
- El Decreto 1625 de 2016, que regula procedimientos tributarios.
- El artículo 65 del Código Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), que habilita la publicación y vigencia de la resolución.
La resolución entra en vigencia el 1° de febrero de 2026, previa publicación en el Diario Oficial.
Impacto potencial
Este ajuste tarifario impacta directamente en el sector de combustibles y en los consumidores finales, dado que las variaciones en impuestos sobre gasolina, ACPM y carbono pueden trasladarse a los precios de venta y afectar costos en sectores productivos y de transporte. La actualización anual garantiza que la recaudación mantenga su valor real, contribuyendo a la sostenibilidad fiscal y ambiental en cumplimiento de las metas normativas.
En suma, la resolución representa una actualización técnica y necesaria para la correcta aplicación del régimen tributario sobre combustibles fósiles y su huella de carbono en Colombia, conforme a los parámetros legales y económicos vigentes. Esto permitirá una mejor planificación fiscal por parte de los agentes económicos y apoyará las políticas públicas orientadas a la reducción del impacto ambiental derivado del consumo de combustibles fósiles.