Contexto y entidades involucradas
La presente resolución fue emitida por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD) el 29 de enero de 2026, publicada en el Diario Oficial No. 53.383 el 30 de enero de 2026. La SSPD, en ejercicio de sus facultades conferidas por la Ley 142 de 1994, el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y decretos reglamentarios, ejerce el control, inspección y vigilancia sobre los prestadores de servicios públicos domiciliarios, entre ellos la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Yopal E.I.C.E - E.S.P. (EAAAY).
Asunto principal y destinatarios
La resolución modifica la modalidad de toma de posesión de EAAAY, empresa encargada de la prestación de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo en Yopal. El destinatario principal es la propia empresa intervenida y sus agentes especiales, así como los usuarios del municipio, que dependen de la continuidad y calidad del servicio. La relevancia radica en proteger el interés general y garantizar la prestación eficiente y continua de estos servicios esenciales.
Objetivo de la resolución
El objetivo fundamental es adecuar la modalidad de toma de posesión de EAAAY a una etapa de administración temporal con fines liquidatorios, debido a que la empresa presenta causales estructurales de intervención que no han sido superadas, tales como incapacidad para prestar el servicio con continuidad y calidad (artículo 59.1 de la Ley 142 de 1994) y cesación de pagos (artículo 59.7). La medida busca asegurar la prestación del servicio mientras se implementan soluciones empresariales y financieras sostenibles.
Decisiones y regulaciones principales
- Se modifica la modalidad de toma de posesión de EAAAY a la de fines liquidatorios con administración temporal.
- Se ordena la notificación al agente especial de la empresa y la publicación de la resolución para conocimiento público.
- Durante esta etapa, la empresa continuará operando para garantizar el servicio mientras se adelantan procesos de reestructuración y plan de cierre ordenado si es necesario.
- Se destaca la necesidad de un plan estratégico que incluya diagnóstico integral, reestructuración financiera, racionalización de la planta de personal y fortalecimiento técnico-operativo.
- Se reconoce que la inviabilidad financiera estructural obliga a la intervención bajo esta modalidad, aunque se mantiene la prioridad de continuidad del servicio.
Fundamento legal
La resolución se fundamenta principalmente en:
- Artículo 121 de la Ley 142 de 1994.
- Artículos 291 y 295 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.
- Decreto 1369 de 2020 y Decreto 2555 de 2010.
- Circular Externa SSPD 20161000000034 de 2016.
- Jurisprudencia del Consejo de Estado y conceptos unificados de la SSPD sobre modalidades de intervención.
Modificaciones a regulaciones previas
Esta resolución modifica la modalidad de toma de posesión establecida previamente por la SSPD en la Resolución SSPD 20231000620935 del 4 de octubre de 2023 y sucesivas prórrogas, que inicialmente definieron una modalidad de administración para la empresa intervenida. Ahora se avanza hacia una etapa orientada a la liquidación, aunque bajo administración temporal para evitar la interrupción del servicio.
Plazos y términos relevantes
La etapa de administración temporal con fines liquidatorios no cuenta con un plazo perentorio definido por ley, dado que requiere la consecución de recursos, reestructuración financiera y apoyo institucional para garantizar la prestación del servicio. La SSPD podrá prorrogar los términos necesarios para cumplir con estos fines, conforme a las normas aplicables.
Impacto potencial
Esta resolución representa un paso crucial para enfrentar la inviabilidad financiera y las fallas estructurales de EAAAY, buscando preservar la prestación continua y de calidad de los servicios públicos domiciliarios en Yopal. La modalidad adoptada permite implementar un proceso ordenado de reestructuración o liquidación, con miras a proteger el patrimonio público y los derechos de los usuarios. Asimismo, establece un marco legal claro para la intervención en situaciones complejas, promoviendo la transparencia y el control en la gestión de empresas públicas esenciales.
En conclusión, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios reafirma su rol de garante y vigilante del adecuado funcionamiento de los prestadores de servicios públicos, ajustando la intervención a la realidad técnica, financiera y administrativa de la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Yopal, con la finalidad de salvaguardar el interés público y la prestación continua de los servicios esenciales. Esta medida permitirá avanzar hacia soluciones definitivas que beneficien a los usuarios y fortalezcan el sector de servicios públicos en la región.