Contexto y referencia normativa
El proyecto de decreto, anunciado por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible en septiembre de 2024, modificaría los artículos 2.2.2.8.1.2 y 2.2.2.9.1.4 y añadiría un parágrafo al artículo 2.2.2.8.1.4 del Decreto 1076 de 2015. Este decreto es el reglamento único para el sector ambiente y desarrollo sostenible en Colombia. Asimismo, corregiría un error formal de numeración presente en el Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del mismo decreto.
Propósito y alcance del proyecto
El proyecto buscaría establecer con mayor claridad el marco normativo para las actividades de recolección de especímenes de especies silvestres con fines de investigación científica no comercial en Colombia. Se enfocaría en precisar cuándo estas actividades implicarían acceso a recursos genéticos y cuándo no, con el fin de evitar interpretaciones ambiguas que dificulten el cumplimiento normativo por parte de investigadores y entidades relacionadas.
Las disposiciones afectarían a investigadores, entidades científicas, colecciones biológicas, corporaciones autónomas regionales, parques nacionales naturales y otros actores vinculados a la investigación y conservación de la biodiversidad en el país.
Modificaciones y medidas específicas planteadas
Entre las modificaciones relevantes, el proyecto establecería que:
- Las actividades de investigación básica en áreas como sistemática molecular, ecología molecular, evolución y biogeografía, realizadas con permiso de recolección para fines no comerciales, no configurarían acceso a recursos genéticos ni a productos derivados.
- Para actividades de bioprospección, comercial o industrial que impliquen acceso a recursos genéticos o productos derivados, se requeriría suscribir previamente un contrato de acceso con el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
- Se aclararían las competencias para otorgar permisos de recolección, asignándolas a corporaciones autónomas regionales, grandes centros...