Consejo de Estado admite recurso de apelación en proceso de pérdida de investidura y niega pruebas en segunda instancia
Proviene de: Sentencias
5 de febrero de 2026 16:3:26
Tribunal y naturaleza de la providencia
La decisión corresponde a un auto interlocutorio proferido por el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, que admite el recurso de apelación en un proceso de pérdida de investidura. La providencia resuelve sobre la admisión del recurso contra la sentencia emitida por la Sala Plena del Tribunal Administrativo del Meta y sobre la procedencia de las pruebas presentadas en segunda instancia.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se originó a partir de una solicitud de pérdida de investidura ejercida en contra de un concejal del municipio de Castilla La Nueva para el periodo 2024-2027. La demanda fue inicialmente negada por la Sala Plena del Tribunal Administrativo del Meta mediante sentencia del 2 de octubre de 2025. Posteriormente, se interpuso un recurso de apelación contra dicha sentencia, el cual fue admitido por un magistrado sustanciador en primera instancia y remitido al Consejo de Estado para su estudio y decisión definitiva.
Consideraciones sobre la admisión del recurso de apelación
El Consejo de Estado fundamentó la admisión del recurso en el artículo 14 de la Ley 1881 de 2018, que regula el procedimiento de pérdida de investidura y establece que el recurso debe interponerse y sustentarse dentro de los diez días siguientes a la notificación de la sentencia de primera instancia. En este caso, la notificación electrónica se realizó el 7 de octubre de 2025 y el recurso fue presentado el 17 del mismo mes, cumpliendo con el plazo legal.
Además, el auto destaca que el recurso cumple con los demás requisitos legales para ser admitido, por lo que...
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