Tribunal Superior de Tunja declara impedimento en recurso de apelación sobre ejecución hipotecaria
Proviene de: Sentencias
6 de febrero de 2026 18:35:52
Contexto y antecedentes del proceso
El proceso ejecutivo con garantía real fue instaurado por una entidad financiera para reclamar el pago de obligaciones contenidas en varios pagarés, garantizados mediante hipoteca sobre un inmueble con dos copropietarios. Inicialmente, la demanda se dirigió exclusivamente contra uno de ellos, quien suscribió los pagarés y es considerado único deudor. Posteriormente, se vinculó a la otra copropietaria en el proceso, permitiéndole ejercer su derecho de defensa y contradicción, tras una acción de tutela que protegió su derecho al debido proceso y al acceso a la administración de justicia.
El juzgado de primera instancia ordenó continuar la ejecución contra el deudor principal y decretó la venta en pública subasta de la cuota parte correspondiente de su propiedad sobre el inmueble. Simultáneamente, liberó a la otra copropietaria de los efectos de la ejecución y ordenó el levantamiento del embargo sobre su cuota parte. Dicha sentencia fue apelada tanto por la entidad financiera como por los apoderados de ambos copropietarios, quienes cuestionaron aspectos relacionados con la prescripción y la garantía hipotecaria.
Motivos del impedimento declarado
La magistrada ponente, que conoció el proceso en segunda instancia, declaró su impedimento para resolver el recurso de apelación, fundamentándose en la causal prevista en el numeral 2 del artículo 141 del CGP. Esta causal establece que un juez o magistrado debe abstenerse de conocer un asunto cuando haya intervenido en instancia anterior o haya emitido concepto respecto del mismo proceso.
En este caso, la magistrada ejerció como sustanciadora en una acción de tutela relacionada con el mismo proceso ejecutivo, en la que se analizó la vinculación de la copropietaria que inicialmente no fue demandada y se resolvió proteger su derecho al debido proceso. La intervención previa de la magistrada en la tutela, que implicó pronunciamiento sobre aspectos sustanciales del proceso ejecutivo, se considera como conocimiento directo de hechos y elementos fundamentales del caso.
Consideraciones jurídicas sobre la imparcialidad y el debido proceso
El impedimento y la recusación son mecanismos procesales diseñados para salvaguardar la imparcialidad judicial, principio esencial para garantizar el derecho fundamental al debido proceso y la igualdad de las partes ante la justicia. La jurisprudencia constitucional y la Corte Suprema de Justicia han establecido que estos mecanismos deben aplicarse de manera estricta y taxativa, evitando interpretaciones extensivas que puedan afectar la independencia judicial.
Asimismo, el derecho internacional incorporado reconoce la imparcialidad como componente indispensable del debido proceso, tal como lo establecen la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
La declaración de impedimento en este caso responde a la necesidad de preservar la confianza de la sociedad y de las partes en la justicia, asegurando que el juzgador que conozca del proceso no tenga vínculos previos que puedan comprometer su objetividad y transparencia.
Próximos pasos procesales
En consecuencia, el Tribunal Superior ordenó remitir el expediente al siguiente magistrado en orden de la Sala Civil - Familia para que conozca y resuelva lo pertinente sobre el recurso de apelación interpuesto. De esta forma, se garantiza la continuidad del proceso con respeto a las garantías constitucionales y procesales de las partes involucradas.
Este pronunciamiento destaca la importancia del respeto a las normas sobre impedimentos en la administración de justicia, reforzando la imparcialidad judicial como pilar fundamental del Estado de Derecho. Así, se asegura que los procesos judiciales se lleven a cabo con transparencia y equidad, fortaleciendo la confianza en el sistema judicial y protegiendo los derechos fundamentales de los ciudadanos.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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