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Tribunal Superior de Popayán confirma vínculo laboral pero descarta despido injustificado en proyecto vial del Cauca

Proviene de: Sentencias

6 de febrero de 2026 11:51:37

Contexto y tribunal competente

La providencia fue emitida por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Popayán, en segunda instancia y en ejercicio del grado jurisdiccional de consulta. La decisión revisa la sentencia proferida por el Juzgado Civil Laboral del Circuito de Patía el 13 de febrero de 2025, dentro de un proceso ordinario laboral iniciado por un trabajador contra la empresa contratista, el Instituto Nacional de Vías (INVIAS) y la aseguradora vinculada mediante póliza de cumplimiento.

Antecedentes fácticos y procesales

El demandante, contratado como residente de obra bajo un contrato por obra o labor determinada, prestaba servicios para la empresa encargada de la rehabilitación de la carretera Pasto-Buesaco-Mojarras, en el tramo sector Higuerones-Mojarras del departamento del Cauca. Su contrato estaba condicionado a la duración del contrato principal suscrito entre la empresa y el INVIAS. El trabajador alegó que el vínculo laboral fue terminado unilateralmente y sin justa causa el 20 de mayo de 2024, antes de la finalización del contrato principal prevista para septiembre del mismo año. Por ello, reclamó el pago de salarios, prestaciones, indemnización por despido injustificado y sanción moratoria, solicitando también la solidaridad del INVIAS y la aseguradora, amparada por la póliza de cumplimiento. El Juzgado de primera instancia negó las pretensiones del demandante, concluyendo que no hubo despido injustificado sino una suspensión temporal del contrato por falta de materia prima (asfalto), y que el trabajador renunció tácitamente al no reintegrarse cuando fue convocado para la reanudación de labores. En consecuencia, se confirmó el pago de la liquidación y se rechazó la responsabilidad...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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