Modificación del formulario único de afiliación y reporte de novedades al sistema general de riesgos laborales
Proviene de: 20260209
10 de febrero de 2026 0:18:57
Principales cambios normativos y contexto legal
La resolución se fundamenta en varias disposiciones legales recientes que amplían y precisan la afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales (SGRL). Entre ellas, destacan modificaciones que reconocen el derecho de concejales y ediles a la seguridad social sin generar vínculo laboral, así como la inclusión de aprendices en etapa lectiva y práctica bajo condiciones especiales de afiliación y cotización. También se incorporan disposiciones para la población beneficiaria de la Ley de Segundas Oportunidades y para internos de medicina, quienes ahora cuentan con un tipo de cotizante específico.
¿A quiénes afecta la resolución?
La norma aplica a las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL), aportantes obligatorios y voluntarios, entidades territoriales certificadas en educación, instituciones de educación superior, empresas o instituciones donde se realicen prácticas estudiantiles, entidades del Subsistema Nacional de Voluntarios en Primera Respuesta, contratantes en modalidades penitenciarias, entidades públicas sin ánimo de lucro que dispongan plazas para servicios de utilidad pública como pena sustitutiva, pagadores de aportes para concejales y ediles, empresas que contraten personas reincorporadas tras cumplimiento de condenas, y a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) donde se realicen actividades de internos de medicina.
Modificaciones en el formulario
El Formulario Único de Afiliación y Reporte de Novedades se adapta para reflejar fielmente las circunstancias de tiempo, modo y lugar en las que se desarrollan las actividades laborales o formativas de los afiliados. Se actualizan los tipos de cotizante y aportante, incorporándose categorías como "interno de medicina", "trabajador penitenciario", "promotor del servicio social para la paz", "voluntario en primera respuesta" y "ley de segundas oportunidades", entre otros.
Además, se detallan las modalidades de trabajo (presencial, teletrabajo, trabajo en casa y trabajo remoto) y se especifican las clases de riesgo, códigos de actividad económica y ocupación u oficio, conforme a la normativa vigente. El instructivo para el diligenciamiento del formulario establece los datos obligatorios según la condición del afiliado, incluyendo información personal, tipo de afiliación, sitio de trabajo, modalidades, y autorizaciones para el tratamiento de datos.
Vigencia y control
La resolución rige a partir de su fecha de expedición y surte efectos desde el 1 de febrero de 2026, derogando la Resolución 413 de 2025. La inspección, vigilancia y control del cumplimiento estarán a cargo de las direcciones territoriales del Ministerio del Trabajo.
Ejemplo práctico
Un aprendiz en etapa lectiva que inicia actividades en una empresa deberá ser afiliado bajo el nuevo tipo de cotizante "aprendiz etapa lectiva Ley 2466 de 2025", con la correspondiente base de cotización y modalidad de trabajo reportada fielmente en el formulario actualizado. De igual forma, un concejal municipal que perciba honorarios amparados por póliza de salud será afiliado con el tipo de cotizante correspondiente, sin que ello genere vínculo laboral con la entidad territorial.
Esta actualización busca garantizar que el registro y reporte de afiliaciones y novedades al SGRL reflejen la realidad laboral y formativa de los diferentes actores, facilitando la gestión y control del sistema. Así, se fortalece la protección integral de los trabajadores y afiliados, asegurando que quienes realizan actividades bajo diversas modalidades y condiciones tengan acceso a la seguridad social en riesgos laborales, conforme a la normativa vigente y las necesidades actuales del mercado laboral.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.