Ministerio de Salud modifica procedimientos para el pago por aplicación de vacunas contra COVID-19
Ministerio de Salud modifica procedimientos para el pago por aplicación de vacunas contra COVID-19
Proviene de: 20260209
9 de febrero de 2026 16:40:53
El Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución número 000199 de 2026, mediante la cual se modifican los artículos 7° y 8° de la Resolución 166 de 2021, modificada por la Resolución 2332 de 2023. Estas modificaciones tienen como objetivo optimizar el proceso de validación, conciliación y pago de los costos asociados al Plan Nacional de Vacunación (PNV) contra el COVID-19.
Contexto y marco normativo
La Ley 100 de 1993 y la Ley 1523 de 2012 establecen las competencias del Ministerio de Salud y Protección Social y la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD) en la administración y ordenación de gastos relacionados con la salud pública y la gestión del riesgo. En particular, el Decreto 559 de 2020 creó la Subcuenta para la Mitigación de Emergencias - COVID-19 dentro del Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (FNGRD), con el director de la UNGRD como ordenador del gasto.
El Decreto 109 de 2021 y sus modificaciones establecen el PNV, definiendo criterios de priorización, fases, responsabilidades y recursos para la aplicación de las vacunas, cuyos costos se sufragan con recursos del Fondo de Mitigación de Emergencias (FOME) a través de la subcuenta mencionada.
Principales modificaciones y plazos
La resolución establece un plazo perentorio para que los prestadores de servicios de salud hayan digitado y validado la información nominal de dosis aplicadas en el sistema PAIWEB, correspondiente al periodo del 17 de febrero de 2021 al 31 de diciembre de 2022, como máximo hasta el 30 de enero de 2024. Superado este plazo, se procederá al cierre unilateral de las dosis no conciliadas, permitiendo a la UNGRD iniciar la liquidación final para el pago correspondiente.
Para garantizar la calidad de la información, se establecen condiciones específicas de validación de datos nominales, tales como identificación del punto de vacunación, identificación del vacunado, edad, y depuración de dosis duplicadas, entre otras.
Responsabilidades de los actores
Los prestadores de servicios de salud deben garantizar la calidad y ajuste de los datos reportados en PAIWEB, así como solicitar mesas de trabajo con las entidades territoriales para resolver reclamaciones dentro de los tiempos establecidos. Las entidades responsables del aseguramiento en salud (ERAseg) deben disponer personal e infraestructura para la validación y liquidación de los registros, coordinar con las entidades territoriales y remitir los resultados al Ministerio y a la UNGRD.
Las entidades territoriales tienen la responsabilidad de remitir las actas de cierre unilateral y de ajuste de techos de dosis en un plazo improrrogable de 70 días calendario contados a partir de la publicación de esta resolución.
Procedimiento de pago y legalización
El Ministerio dispondrá de la información validada para que los prestadores de servicios de salud puedan emitir las facturas electrónicas correspondientes. La Fiduprevisora, como entidad encargada del giro de los recursos, reportará a la UNGRD las devoluciones para la gestión de ajustes con los prestadores.
Para los casos en que se hayan pagado valores superiores a los correspondientes, se establecerá un proceso de reintegro bajo la coordinación del Ministerio y la UNGRD, quienes podrán adelantar acciones administrativas y judiciales para garantizar el cobro.
Vigilancia y control
La Superintendencia Nacional de Salud ejercerá funciones de inspección, vigilancia y control sobre el cumplimiento de los términos establecidos en la resolución, incluyendo la veracidad y transparencia de la información reportada por los diferentes actores involucrados en el proceso de vacunación y pago.
Vigencia
La presente resolución rige a partir de su expedición y busca garantizar la adecuada conciliación de datos y el pago oportuno a los prestadores de servicios de salud por la aplicación de vacunas contra COVID-19, contribuyendo al cierre efectivo del proceso del Plan Nacional de Vacunación.
Esta modificación normativa representa un avance en la consolidación y saneamiento de los pasivos relacionados con la vacunación contra COVID-19, asegurando la transparencia y eficiencia en la gestión de recursos públicos destinados a la salud, y fortaleciendo la confianza en los procesos administrativos y financieros vinculados a la salud pública nacional.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.