Consejo de Estado niega tutela por presunta vulneración del derecho de petición contra Secretaría General del Tribunal Administrativo del Magdalena
Proviene de: Sentencias
10 de febrero de 2026 8:54:19
Contexto y competencia del tribunal
La Sección Cuarta del Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, con competencia conforme a los artículos 86 de la Constitución Política, 29 del Decreto 2591 de 1991 y 13 del Reglamento Interno (Acuerdo 080 de 2019), resolvió una acción de tutela presentada contra la Secretaría General del Tribunal Administrativo del Magdalena.
Antecedentes fácticos y procesales
El accionante, en ejercicio del derecho fundamental de petición, solicitó el 11 de noviembre de 2025 información detallada sobre el estado de una acción popular relacionada con el puente del ferrocarril de Fundación. La petición incluía aspectos como el estado procesal del medio de control de protección de derechos e intereses colectivos, relación de actuaciones y medidas adoptadas por el Tribunal, acceso a documentos y pronunciamientos sobre riesgos y medidas de seguridad.
Vencido el término legal para responder, el actor interpuso acción de tutela el 1° de diciembre de 2025 contra la Secretaría General del Tribunal Administrativo del Magdalena, alegando vulneración de su derecho fundamental. El magistrado sustanciador admitió la tutela y ordenó notificaciones a las partes involucradas, incluyendo la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.
La autoridad judicial accionada contestó la tutela solicitando negar las pretensiones, argumentando que no consta la presentación de la solicitud ante su dependencia. Además, aclaró que el proceso judicial referido se tramita en un juzgado de pequeñas causas de Santa Marta, no en el Tribunal Administrativo del Magdalena.
Consideraciones jurídicas
La Sala analizó la naturaleza de las peticiones dirigidas a autoridades judiciales, diferenciando entre peticiones judiciales y administrativas. Conforme al artículo 23 de la Constitución Política y la...
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