Consejo de Estado niega nulidad procesal en demanda de nulidad electoral contra gobernadora del Magdalena
Consejo de Estado niega nulidad procesal en demanda de nulidad electoral contra gobernadora del Magdalena
Proviene de: Sentencias
10 de febrero de 2026 9:9:44
Contexto y competencia del tribunal
El Consejo de Estado, en su Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta, es el órgano competente para conocer y resolver los incidentes derivados del proceso de nulidad electoral, conforme a los artículos 134 del Código General del Proceso y 125 numeral 3 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. En este caso, se pronunció sobre un incidente de nulidad procesal interpuesto por la gobernadora del Departamento del Magdalena en contra de la admisión y trámite de una demanda que solicitaba la nulidad de su elección para el periodo 2024-2027.
Antecedentes fácticos y procesales
Un ciudadano presentó demanda en ejercicio del medio de control de nulidad electoral, solicitando la nulidad del acto de elección de la gobernadora del Magdalena, quien fue elegida mediante elecciones atípicas celebradas el 23 de noviembre de 2025. Junto con la demanda, se pidió la suspensión provisional de los efectos del acto de elección.
Mediante auto del 19 de diciembre de 2025, el despacho ordenó correr traslado de la medida cautelar a la gobernadora demandada, al Consejo Nacional Electoral y al agente del Ministerio Público, para que se pronunciaran en un término común de cinco días. Posteriormente, la gobernadora interpuso un incidente de nulidad procesal alegando que se omitió una etapa preliminar esencial: la inadmisión de la demanda por supuestos defectos formales, lo que habría vulnerado sus derechos al debido proceso, defensa y contradicción.
Consideraciones del Consejo de Estado
El tribunal examinó las alegaciones de la gobernadora, quien señaló defectos en la demanda como la falta de envío simultáneo de la demanda y anexos...
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