Registraduría Nacional fija límites de votantes por mesa para elecciones y consultas del 8 de marzo de 2026
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11 de febrero de 2026 20:49:3
Entidad emisora y contexto normativo
La Resolución 1443 de 2026 fue expedida por la Registraduría Nacional del Estado Civil el 9 de febrero de 2026 y publicada en el Diario Oficial No. 53.394 el 10 de febrero de ese mismo año. Esta entidad, encargada constitucionalmente de organizar y dirigir los procesos electorales en Colombia, se fundamenta en diversas normas, entre ellas el artículo 85 del Decreto Ley 2241 de 1986 (Código Electoral), el numeral 19 del artículo 35 del Decreto Ley 1010 de 2000 y el Acto Legislativo 02 de 2021, que le otorgan la competencia para fijar el número de votantes por mesa y adoptar medidas especiales relativas a elecciones y mecanismos de participación.
Objeto y destinatarios de la resolución
El principal objetivo de la resolución es establecer el número máximo de ciudadanos que podrán sufragar en cada mesa de votación durante las elecciones del Congreso de la República, la elección de Representantes a la Cámara por las 16 Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz, así como en las consultas populares, internas o interpartidistas para la escogencia de candidatos a la Presidencia de la República o para la toma de decisiones de partidos, movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos, todas programadas para el 8 de marzo de 2026.
Este ajuste se dirige a los órganos electorales a nivel nacional —incluyendo a los delegados del registrador nacional y registradores del estado civil— y, en un sentido más amplio, a todos los ciudadanos habilitados para votar en estos procesos. La medida responde a la necesidad de garantizar un proceso electoral ordenado, eficiente y con garantías...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.