Logo Avance JurÍdico S.A.S

El periódico legal que te mantiene un paso adelante.

Créditos

CONTACTO

asistentecomercial@redjurista.com

Cel: +57 311 501 67 64, +57 321 775 03 85

Dirección: Carrera 6N° 26B - 85 Piso 9

Ciudad: Bogotá D.C

Representante: Carlos Eduardo Borrero González

ISSN: 3114-9065

NUESTRO ECOSISTEMA

  • Avance Jurídico Casa Editorial
  • RedJurista
  • JurIA

© 2026, Avance Jurídico ● Términos de uso ● Política de privacidad

Logo XLogo instagramLogo InLogo WhatsappLogo TikTok
x
Tamaño de Fuente
Fondo
  • Temas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Abrir menú de filtros

Filtros

  • Temas
  • Grupos de personas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Cargando...

Tribunal Superior de Bogotá niega tutela contra el Procurador General de la Nación por presunta vulneración del derecho de petición

Proviene de: Sentencias

11 de febrero de 2026 14:51:6

Contexto y antecedentes del caso

La Sala Sexta Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá conoció una acción de tutela promovida contra el Procurador General de la Nación. La accionante alegó la vulneración de su derecho fundamental de petición debido a la presunta falta de respuesta a un requerimiento presentado el 10 de julio de 2025, en el cual solicitaba se autorizaran y ordenaran actuaciones específicas dentro de un proceso penal, incluyendo inspección judicial y control, apertura de investigación disciplinaria contra un juez y contra una fiscal encargada de la Unidad de Delitos contra la Administración Pública. Por su parte, la entidad accionada argumentó que no existía competencia del Tribunal para conocer la acción, dado que la vinculación del Procurador era aparente. Sin embargo, se aportó evidencia de que el procurador judicial asignado al caso en Villavicencio respondió a la petición el 22 de julio de 2025, informando sobre el estado del proceso penal y la programación de una audiencia preparatoria. Adicionalmente, aclaró el 30 de enero de 2026 que no tenía competencia para adelantar la investigación penal solicitada.

Fundamentos jurídicos y consideraciones principales

La competencia para conocer esta acción de tutela se encuentra regulada en el artículo 37 del Decreto 2591 de 1991 y el artículo 333 de 2021, que establece que las tutelas contra actuaciones del Procurador General de la Nación serán asignadas a los Tribunales Superiores del Distrito Judicial o a los Tribunales Administrativos. En este caso, el Tribunal Superior asumió competencia conforme a las reglas de reparto. Respecto al derecho de petición, reconocido constitucionalmente...

Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.

Ver planes disponibles

Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

Más noticias sobre Derecho Constitucional

No se encontraron sugerencias