Contexto y naturaleza de la decisión
El Tribunal Superior de Bogotá profirió un auto el 5 de febrero de 2026, mediante el cual negó la acción de tutela interpuesta en primera instancia. La acción de tutela es un mecanismo constitucional excepcional, diseñado para proteger derechos fundamentales frente a acciones u omisiones arbitrarias de autoridades o particulares, cuando no existan otros medios judiciales adecuados o para prevenir perjuicios irreparables. En este caso, la tutela buscaba revisar un auto administrativo dentro del proceso de liquidación judicial de una sociedad comercial. Antecedentes fácticos y procesales
El accionante, quien ostenta la calidad de acreedor en el proceso de liquidación judicial de la sociedad concursada, impugnó el auto del 16 de diciembre de 2025, que aprobó el inventario de la sociedad por un valor menor al inicialmente establecido en un auto previo del 7 de abril de 2025. La Superintendencia de Sociedades, autoridad encargada de la liquidación, había ordenado la práctica de una prueba pericial para revisar el avalúo de un inmueble, principal activo de la sociedad. La pericia fue realizada por un experto designado, quien aplicó métodos reconocidos por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) y visitó personalmente el inmueble para determinar su valor real. Tras evaluar las diferentes valoraciones presentadas, la Delegatura de la Superintendencia consideró que el avalúo más ajustado a la realidad era el del perito asignado, desestimando otros informes con inconsistencias. Esta decisión fue recurrida, pero los recursos fueron declarados improcedentes. Consideraciones jurídicas de la providencia
La Sala destacó que la acción de tutela no es procedente para revisar decisiones...Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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