Contexto y Tribunal competente
La providencia judicial fue emitida por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en calidad de primera instancia. La magistrada ponente admitió a trámite la acción de tutela interpuesta contra el Juzgado Primero Civil del Circuito de Ejecución de Sentencias de Bogotá, el Juzgado Civil Municipal y la Oficina de Gestión Documental de los Juzgados Civiles del Circuito de Ejecución de Sentencias, todos ubicados en Bogotá.
Antecedentes procesales y fácticos
La acción de tutela fue presentada en el marco de un proceso ejecutivo identificado con el número 11001-3103-028-2009-00161-00. El accionante, a través de su mandatario judicial, cuestionó ciertos actos u omisiones vinculados a dicho proceso que, a su entender, afectan derechos fundamentales. La tutela busca que las autoridades responsables garanticen el adecuado trámite y protección de esos derechos.
Consideraciones y contenido de la providencia
En la providencia fechada el 5 de febrero de 2026, la Sala Civil admitió la acción de tutela y ordenó:
- Que los despachos judiciales demandados presenten, en un plazo perentorio de un (1) día, un informe detallado sobre los hechos que motivan la acción de tutela. En caso de incumplimiento, se tendrán por ciertos los hechos descritos en la demanda, conforme al artículo 20 del Decreto 2591 de 1991.
- Que la autoridad que tenga en su poder el expediente digitalizado del proceso ejecutivo remita una copia del mismo.
- A la Secretaría de la Sala Civil que informe si recibió un oficio relacionado con el proceso, en el que se advertía sobre la remisión reiterada del expediente a esa corporación.
- Que en igual término se notifique la admisión...