Consejo Nacional Electoral revoca inscripción por incumplimiento de resultados de consulta interna en coalición electoral
Proviene de: Sentencias
11 de febrero de 2026 14:54:52
Providencia administrativa del Consejo Nacional Electoral
El Consejo Nacional Electoral (CNE), en Sala Plena Permanente, adoptó y notificó el 5 de febrero de 2026 la Resolución No. 0844 de 2026. Esta providencia administrativa responde a solicitudes de revocatoria de inscripción presentadas contra la lista de candidatos a la Cámara de Representantes por la circunscripción territorial del departamento del Meta, inscrita por la coalición “Pacto Histórico – Frente Amplio”, conformada por dos movimientos políticos.
Los solicitantes argumentaron que la inscripción de un candidato fue realizada sin que este participara en la consulta interna llevada a cabo el 26 de octubre de 2025, mecanismo de democracia interna que definió el orden y composición de las listas de candidatos. Se alegó un desconocimiento del carácter obligatorio y vinculante de los resultados de dicha consulta, previsto en la Constitución y en la legislación electoral vigente.
Antecedentes procesales y fácticos
El procedimiento administrativo se inició tras la presentación de escritos solicitando la revocatoria de inscripción del candidato cuestionado, por presunta vulneración del artículo 7 de la Ley 1475 de 2011. El despacho del Magistrado ponente asumió el conocimiento y trámite del asunto, acumulando expedientes relacionados.
Durante el trámite, el Ministerio Público emitió concepto, y se dio traslado a las partes para sus consideraciones. La consulta interna se desarrolló conforme a los parámetros establecidos en la Constitución Política (artículo 107) y la Ley 1475 de 2011, con apoyo logístico y financiero del Estado a través de la organización electoral.
Consideraciones jurídicas y análisis
El CNE recordó que la competencia para decidir sobre revocatorias de inscripción está claramente atribuida por la Constitución y la...
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