Entidad emisora y contexto normativo
La resolución fue expedida por la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) el 4 de diciembre de 2025, y publicada en el Diario Oficial No. 53.395 el 11 de febrero de 2026. Esta entidad tiene la función constitucional y legal de regular el sector energético, en especial la prestación eficiente y competitiva del servicio eléctrico, conforme a las Leyes 142 y 143 de 1994 y los decretos 1524, 2253 de 1994 y 1260 de 2013.
Tema principal y destinatarios
El acto administrativo oficializa los ingresos anuales esperados para la empresa Desarrollo Eléctrico Trinitaria S.A.S. E.S.P., adjudicataria de la ejecución integral del proyecto de la subestación Trinitaria 230 kV y líneas de transmisión asociadas. Este proyecto forma parte del Plan de Expansión del Sistema de Transmisión Nacional (STN) y responde a una convocatoria pública gestionada por la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME). Los destinatarios principales son la empresa adjudicataria, los agentes del sector eléctrico y, en general, los usuarios del servicio eléctrico, para quienes esta regulación asegura condiciones claras y estables en la prestación del servicio.
Objetivo y finalidad de la resolución
El objetivo es oficializar el Ingreso Anual Esperado (IAE) que percibirá la empresa adjudicataria durante 25 años, a partir del 1 de abril de 2028, fecha prevista para la puesta en operación del proyecto. Este ingreso es fundamental para garantizar la viabilidad financiera del proyecto, incentivar la inversión privada en infraestructura energética y asegurar la expansión eficiente del sistema eléctrico nacional.
Decisiones y regulaciones principales
La resolución establece lo siguiente:
- El monto del Ingreso Anual Esperado para la empresa Desarrollo Eléctrico Trinitaria S.A.S. E.S.P., expresado en dólares estadounidenses del 31 de diciembre de 2024, durante un periodo de 25 años.
- La forma de pago, que será mensual en pesos colombianos, actualizada anualmente con el Producer Price Index y convertida a la tasa de cambio vigente al último día hábil de cada mes.
- El responsable del pago será el Liquidador y Administrador de Cuentas (LAC), encargado de efectuar los desembolsos conforme a la normatividad vigente.
- Se establece la notificación al representante legal de la empresa adjudicataria y la publicación en el Diario Oficial, con un plazo de cinco días para interponer recurso de reposición ante la Dirección Ejecutiva de la CREG.
Base legal y antecedentes
La resolución se fundamenta en varias disposiciones legales y reglamentarias, entre ellas:
- Las Leyes 142 y 143 de 1994, que regulan los servicios públicos domiciliarios y el sector eléctrico.
- El artículo 20 de la Ley 143 de 1994, que establece la función reguladora para asegurar la eficiencia y calidad en el servicio.
- Las Resoluciones CREG 022 de 2001 y sus modificaciones (085 de 2002 y 093 de 2007), que regulan el plan de expansión y los procesos de selección de inversionistas mediante libre concurrencia.
- Las resoluciones del Ministerio de Minas y Energía (MME) relacionadas con el Plan de Expansión y la delegación de funciones a la UPME.
- La Convocatoria Pública UPME 09-2021, mediante la cual se adjudicó el proyecto a la empresa adjudicataria.
- La Resolución CREG 035 de 2010, que regula la tasa de descuento y perfil de pagos para estas inversiones.
Impacto potencial
Esta resolución oficializa y garantiza la estructura financiera para la ejecución de un proyecto estratégico en la transmisión eléctrica nacional, asegurando la transparencia del proceso de selección y la estabilidad económica para el inversionista. Al definir claramente los ingresos y mecanismos de pago, se promueve la confianza en el sector, contribuyendo a la ampliación y modernización de la infraestructura eléctrica, lo cual puede traducirse en mejoras en la calidad y continuidad del servicio para los usuarios.
En definitiva, la Resolución 501 167 de 2025 constituye un paso esencial en la regulación del sector eléctrico colombiano, alineando los intereses públicos y privados bajo criterios técnicos y legales que fomentan la competencia y la eficiencia, y fortaleciendo así el desarrollo sostenible del sistema energético nacional.