IGAC modifica actualización catastral en San Miguel, Putumayo: ajuste metodológico clave
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12 de febrero de 2026 15:36:1
Entidad emisora y contexto normativo
La presente resolución fue emitida por la Dirección Territorial del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) en Nariño, el 10 de febrero de 2026, y publicada en el Diario Oficial No. 53.395 el 11 de febrero de 2026. Modifica parcialmente la Resolución 86-757-0003 del 29 de diciembre de 2025, que aprobó inicialmente los valores comerciales derivados de la actualización catastral en San Miguel, Putumayo.
El IGAC, como máxima autoridad catastral nacional, tiene la responsabilidad de administrar y actualizar la información catastral bajo el marco legal vigente, principalmente el artículo 79 de la Ley 1955 de 2019 y el Decreto 846 de 2021, que regulan la gestión catastral como un servicio público con enfoque multipropósito.
Objeto y destinatarios de la resolución
El principal objetivo de esta resolución es corregir la metodología aplicada para la valoración económica de las construcciones en el proceso de actualización catastral del municipio de San Miguel. El destinatario principal de esta regulación es la administración pública local, así como los propietarios de predios en las zonas urbana y rural del mencionado municipio. También se dirige a entidades de vigilancia como la Superintendencia de Notariado y Registro (SNR).
Decisiones y modificaciones principales
La resolución modifica el artículo segundo de la Resolución 86-757-0003 de 2025 para aprobar nuevas tablas de valores comerciales basadas en tipologías constructivas, en lugar de las tablas con puntajes de construcción inicialmente utilizadas. Esta modificación responde a la necesidad de coherencia entre el componente físico y económico del catastro, ya que el estudio físico se elaboró con base en tipologías constructivas, mientras que el componente económico fue...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.