Entidad emisora, contexto y fundamento legal
La Resolución 1500 de 2026 fue expedida el 11 de febrero de 2026 por la Registraduría Nacional del Estado Civil, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 4º, numeral 1, de la Ley 1163 de 2007, y otras normas conexas. Esta entidad tiene la responsabilidad constitucional de organizar y dirigir el registro civil y la identificación de las personas, conforme al artículo 266 de la Constitución Política. Además, administra el Fondo Rotatorio que financia sus actividades, creado por la Ley 96 de 1985.
El ajuste tarifario responde a la actualización anual basada en el índice de precios al consumidor (IPC) certificado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), que para 2025 fue del 5,10%. Así mismo, se enmarca en el desarrollo normativo que ha regulado los cobros por servicios de la Registraduría, como las resoluciones anteriores desde 2007 y las modificaciones derivadas de leyes como la 1450 de 2011 y la 1753 de 2015.
Objeto y destinatarios de la resolución
El propósito central de la Resolución 1500 de 2026 es establecer las tarifas vigentes para la expedición de documentos de identidad y certificaciones, así como para la consulta y uso de las bases de datos de la entidad. Esto incluye servicios presenciales y digitales, con tarifas diferenciadas para el territorio nacional y los consulados colombianos en el exterior.
Los principales destinatarios son los ciudadanos que requieren duplicados, rectificaciones o expedición de cédulas de ciudadanía y tarjetas de identidad; operadores biométricos y tecnológicos que acceden a las bases de datos para autenticación y consultas; y autoridades o particulares que solicitan certificaciones excepcionales. Asimismo, se incluye a registradores, alcaldes, corregidores e inspecciones de policía autorizados para expedir copias y certificados de registros civiles.
Principales decisiones y tarifas establecidas
La resolución establece un detallado tarifario que actualiza los valores de servicios clave, entre los que destacan:
- Expedición física del duplicado o rectificación de cédula de ciudadanía: 67.350 COP (67,55 USD en consulados).
- Expedición de cédula personalizada en policarbonato y cédula digital: 76.100 COP (76,28 USD en consulados).
- Duplicado o rectificación de tarjeta de identidad: 66.100 COP (66,24 USD en consulados).
- Certificaciones excepcionales de información ciudadana y nacionalidad (físicas y digitales), con valores desde 6.000 COP hasta 18.250 COP, según el tipo y formato.
- Tarifas para consultas a bases de datos biométricas y de registro civil, con un sistema progresivo según el número de registros consultados, que puede superar varios cientos de millones de pesos colombianos para grandes volúmenes.
- Costos para la presentación de pruebas técnicas para habilitación de operadores biométricos y homologación de dispositivos, que van desde cerca de 12 millones hasta casi 20 millones de pesos colombianos.
Además, se establecen tarifas para servicios adicionales como fotocopias (100 COP por unidad) y DVDs con estadísticas electorales (372.550 COP).
Base legal y vigencia
La actualización tarifaria se fundamenta en las siguientes normas:
- Constitución Política de 1991, artículo 266.
- Ley 1163 de 2007, que regula tasas por servicios de la Registraduría.
- Ley 96 de 1985, sobre el Fondo Rotatorio de la Registraduría.
- Ley 1450 de 2011 y Ley 1753 de 2015, que modifican aspectos sobre acceso y cobro por bases de datos.
- Decreto 1372 de 1992, que excluye estas tasas del impuesto al valor agregado (IVA).
La Resolución 1500 de 2026 entra en vigor el primero de marzo de 2026 y deroga la Resolución 1174 de 2025, así como cualquier disposición que le sea contraria.
Impacto potencial
Este ajuste tarifario es relevante para el conjunto de ciudadanos que requieren trámites de identidad y certificaciones, pues afecta directamente los costos de acceso a estos servicios esenciales. Por otra parte, tiene especial incidencia en entidades públicas y privadas que utilizan de manera intensiva las bases de datos de la Registraduría para la autenticación biométrica y otros procesos tecnológicos, dado el establecimiento de tarifas progresivas según volumen de consultas.
La regulación clara y actualizada contribuye a la sostenibilidad financiera de la entidad, asegurando la cobertura de costos en la prestación de sus servicios y el mantenimiento de las plataformas digitales, en un contexto de creciente demanda y modernización tecnológica.
Este acto administrativo reafirma el rol de la Registraduría Nacional del Estado Civil como garante de la identificación ciudadana y la gestión eficiente de la información registral, ajustando sus tarifas conforme a criterios técnicos y legales vigentes, y asegurando la calidad y disponibilidad de los servicios para todos los usuarios en el país y en el exterior.