Tribunal Superior de Bucaramanga confirma inexistencia de vínculo laboral en caso de arrendamiento de vehículo
Proviene de: Sentencias
12 de febrero de 2026 15:42:48
Contexto y naturaleza de la providencia
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga, en segunda instancia, revisó la sentencia emitida por el Juzgado Séptimo Laboral del Circuito, en el marco de un proceso ordinario laboral. La providencia judicial consultada corresponde a una sentencia que resuelve sobre la existencia o no de un contrato de trabajo entre un conductor y la propietaria de un vehículo de servicio público tipo taxi.
Antecedentes fácticos y procesales
El actor solicitó que se declarara la existencia de un contrato verbal de trabajo vigente desde octubre de 2015 hasta noviembre de 2020, argumentando que laboró como conductor sin recibir afiliación al sistema general de seguridad social ni pago de prestaciones sociales como cesantías, primas o vacaciones. Afirmó que el contrato terminó con justa causa atribuible a la demandada.
Por su parte, la demandada negó la existencia de vínculo laboral y sostuvo que existió un contrato civil de arrendamiento del vehículo, que el conductor explotaba el automotor bajo su propio riesgo y sin subordinación alguna. Alegó que la contraprestación pactada correspondía a un canon de arrendamiento y no a un salario.
La sentencia de primera instancia absolvió a la demandada, encontrando insuficiente la prueba para acreditar la relación laboral, pese a la presunción del artículo 24 del Código Sustantivo del Trabajo (CST). Esta decisión fue puesta en consulta ante el Tribunal Superior.
Consideraciones jurídicas
El Tribunal recordó que el contrato de trabajo requiere tres elementos esenciales: la prestación personal del servicio, la subordinación laboral y el pago de salario. En especial, la subordinación implica que el empleador pueda impartir órdenes y ejercer control...
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