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Proviene de: Sentencias
13 de febrero de 2026 14:9:59
Bogotá, 12 de febrero de 2026. La Sección Segunda del Consejo de Estado decretó la suspensión provisional del Decreto 1469 del 29 de diciembre de 2025, mediante el cual el Gobierno Nacional había fijado el salario mínimo legal mensual para 2026 en $1.750.905, equivalente a un incremento del 23% frente al año anterior.
La decisión se adoptó al resolver múltiples solicitudes de medidas cautelares dentro de un proceso de nulidad promovido por ciudadanos y organizaciones gremiales contra el acto administrativo que estableció el aumento.
El tribunal no solo suspendió temporalmente los efectos del decreto, sino que ordenó a las entidades demandadas —la Nación, el Ministerio del Trabajo, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República— expedir una nueva decisión administrativa transitoria que fije el salario mínimo mientras se profiere sentencia definitiva.
La providencia examina si el incremento del 23% respetó los parámetros del artículo 8 de la Ley 278 de 1996, que exige tener en cuenta factores como la inflación, la productividad, el crecimiento económico y la contribución de los salarios al ingreso nacional.
El Gobierno justificó el aumento con base en una ponderación integral de variables económicas y en el concepto de “salario vital”, apoyado en estudios técnicos internacionales. Según el decreto suspendido, el ajuste buscaba cerrar progresivamente la brecha entre el salario mínimo y el ingreso necesario para cubrir las necesidades básicas de un hogar promedio.
Los demandantes argumentaron que el Ejecutivo desbordó los criterios legales al dar un peso determinante al concepto de salario vital, el cual no está expresamente previsto en la ley colombiana. También señalaron posibles riesgos de impacto inflacionario, afectación al empleo formal y consecuencias fiscales derivadas de la indexación de pensiones, multas y aportes.
El Consejo de Estado consideró procedente realizar un análisis preliminar sobre la posible infracción de normas superiores y la necesidad de evitar efectos económicos que podrían resultar difíciles de revertir si el decreto continuaba vigente durante el trámite del proceso.
En consecuencia, optó por suspender provisionalmente el acto administrativo y ordenar que el Gobierno adopte una decisión sustitutiva mientras se resuelve de fondo la demanda de nulidad.
La decisión no implica aún que el decreto sea ilegal de manera definitiva. La discusión sobre la validez del incremento del 23% continuará en el proceso principal. Entretanto, el Gobierno deberá expedir un nuevo acto que regule transitoriamente el salario mínimo para 2026.
El caso reabre el debate sobre el alcance de la facultad del Ejecutivo para fijar unilateralmente el salario mínimo cuando no hay acuerdo en la Comisión de Concertación, así como sobre los límites entre política económica y control judicial.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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