DIAN publica Circular 12757000005948 de 2026 sobre gravámenes ad valorem en productos agropecuarios y agroindustriales
Proviene de: Circulares
13 de febrero de 2026 10:4:14
Contexto y propósito de la Circular
La Circular 12757000005948, emitida por la Dirección de Gestión de Aduanas de la DIAN, responde a la necesidad de actualizar y clarificar los aranceles totales aplicables a las importaciones de productos agropecuarios y agroindustriales provenientes de terceros países. Estos gravámenes ad valorem se establecen en concordancia con el Sistema Andino de Franjas de Precios Agropecuarios (SAFP), regido por las Decisiones de la Comisión del Acuerdo de Cartagena y las Resoluciones de la Junta de la Comunidad Andina, además de la normatividad nacional vigente.
El documento está dirigido principalmente a funcionarios de la DIAN, importadores y demás usuarios del comercio exterior vinculados con el sector agrícola y agroindustrial. Su finalidad es garantizar el conocimiento y aplicación correcta de los aranceles establecidos, contribuyendo a la transparencia y seguridad jurídica en la ejecución de operaciones aduaneras relacionadas con estos productos.
Ámbito de aplicación y fuerza vinculante
Esta Circular tiene un alcance externo, pues impacta directamente a importadores y operadores de comercio exterior, además de ser de obligatorio cumplimiento para los funcionarios encargados de la gestión aduanera en la DIAN. Al ser emitida por una autoridad administrativa competente, posee carácter vinculante en cuanto a la aplicación de los aranceles señalados.
Los aranceles mencionados corresponden al total que debe aplicarse a las importaciones provenientes de terceros países, sin incluir posibles preferencias arancelarias otorgadas por acuerdos comerciales suscritos por Colombia. De esta manera, se delimita claramente la base gravable y las excepciones, evitando interpretaciones erróneas.
Contenido sustancial de la Circular
El núcleo central de la Circular consiste en la comunicación de los aranceles totales vigentes para productos marcadores, sus sustitutos, productos agroindustriales y subproductos, conforme a las disposiciones del SAFP y la normativa andina. Estos valores están establecidos con base en el Decreto número 547 del 31 de marzo de 1995 y sus modificaciones.
Este decreto regula la aplicación y modificación de los gravámenes ad valorem en el ámbito aduanero, asegurando que las tarifas respondan a lineamientos regionales y nacionales. La Circular no detalla las tarifas específicas en su texto, pero remite a las normas mencionadas, permitiendo a los destinatarios consultar y aplicar las disposiciones correspondientes.
Además, la Circular enfatiza que los aranceles comunicados no consideran las preferencias arancelarias derivadas de acuerdos comerciales internacionales, lo que es relevante para importadores que puedan acogerse a beneficios tarifarios especiales.
Importancia para los destinatarios y el público en general
El conocimiento de esta Circular es fundamental para actores del comercio exterior, ya que establece con claridad los parámetros para la liquidación de gravámenes en productos agropecuarios y agroindustriales. Esto contribuye a evitar errores en la declaración aduanera, posibles sanciones y facilita la planificación comercial.
Para la DIAN, esta comunicación fortalece la gestión aduanera, alineando sus procedimientos con la normativa regional y nacional, y asegurando la adecuada recaudación tributaria en el sector agropecuario.
Finalmente, para el público interesado en temas jurídicos y comerciales, la Circular representa un ejemplo de cómo las autoridades armonizan disposiciones nacionales e internacionales para regular sectores económicos estratégicos.
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Para consultar la Circular completa y sus anexos, se recomienda visitar el sitio oficial de la DIAN o el Diario Oficial correspondiente.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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