Contexto y referencia normativa
El proyecto de decreto, anunciado en 2026 por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, buscaría modificar los artículos 2.6.7.9.2. y 2.6.7.9.4. del Capítulo 9 del Título 7 de la Parte 6 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015, Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público. Este decreto reglamenta la línea de crédito directo con tasa compensada que otorga la Financiera de Desarrollo Territorial S.A. (Findeter), orientada a financiar proyectos y gastos de inversión de entidades territoriales como departamentos, distritos y municipios.
Propósito principal y alcance
El propósito del proyecto sería reducir la tasa de interés de esta línea de crédito para mejorar su competitividad y facilitar el acceso de las entidades territoriales a condiciones financieras más favorables. La iniciativa estaría dirigida principalmente a entidades territoriales de categorías 3, 4, 5 y 6, buscando apoyar el desarrollo regional a través de la ejecución de proyectos de inversión pública.
Modificaciones propuestas
El proyecto adicionaría un parágrafo al artículo 2.6.7.9.2., estableciendo que las operaciones aprobadas con cargo a la línea de crédito se autorizarían hasta por el monto disponible en la línea, calculado con base en los recursos destinados a la compensación de la tasa de interés.
Por otra parte, se modificaría el artículo 2.6.7.9.4., que regula las condiciones financieras de la línea de crédito, reduciendo la tasa de interés en 0.85 puntos básicos. Las nuevas condiciones diferenciarían las tasas para entidades territoriales según su categoría:
| Beneficiarios |
Uso |
Plazo |
Tasa de interés |
Vigencia |
| Departamentos, distritos y municipios categorías Especial, 1 y 2 |
Financiación de proyectos y/o gastos de inversión |
Hasta 10 años con hasta 3 años de gracia a capital |
Desde IBR + 0,75% M.V. o IBR + 0,90% T.V. o IBR + 1,10% S.V. |
Hasta agotar recursos |
| Departamentos, distritos y municipios categorías 3, 4, 5 y 6 |
Financiación de proyectos y/o gastos de inversión |
Hasta 10 años con hasta 3 años de gracia a capital |
Desde IBR + 0,25% M.V. o IBR + 0,40% T.V. o IBR + 0,60% S.V. |
Hasta agotar recursos |
Acciones y disposiciones específicas
De aprobarse, las operaciones que se autorizaran con cargo a esta línea de crédito se gestionarían hasta por el monto disponible, calculado según los recursos asignados para la compensación de la tasa. Esto garantizaría la sostenibilidad financiera del mecanismo y el acceso oportuno a los recursos por parte de las entidades territoriales.
Participación de actores clave
La implementación y supervisión de esta línea de crédito estaría a cargo de Findeter, entidad que ha desempeñado un papel estratégico en la promoción del desarrollo regional y urbano mediante el financiamiento y asesoría en proyectos de inversión. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público sería la entidad emisora del proyecto y responsable de su publicación y trámite normativo.
Información adicional y participación ciudadana
El proyecto de decreto estaría publicado en el sitio web del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en cumplimiento de los artículos 3 y 8 de la Ley 1437 de 2011 y el Decreto 1081 de 2015. Se habilitaría un periodo para la recepción de comentarios y observaciones de la ciudadanía, promoviendo la transparencia y la participación en el proceso de elaboración normativa.
Contexto económico y justificación
El proyecto respondería a la necesidad de adaptarse a las condiciones actuales del mercado financiero, en las cuales la tasa de política monetaria del Banco de la República ha tendido a estabilizarse en 9.25% desde inicios de 2025, afectando la competitividad de la tasa que ofrece Findeter. La reducción propuesta buscaría recuperar la cuota de mercado y facilitar el apalancamiento de inversiones en los territorios, contribuyendo a la reactivación económica y al desarrollo sostenible.
Impacto económico esperado
Se anticiparía un estímulo a la inversión local, crecimiento económico regional, generación de empleo y fortalecimiento de la competitividad. Además, la medida podría incentivar a la banca privada a mejorar sus propias condiciones, ampliando las opciones de financiamiento para las entidades territoriales.