Contexto y emisión de la resolución
La Resolución 00001129 de 2026, emitida el 4 de febrero de 2026 por la Gerencia General del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), establece una suspensión temporal en la emisión de los Documentos Zoosanitarios de Importación (DZI) para bovinos, bufalinos y sus productos susceptibles de transmitir la Dermatosis Nodular Contagiosa (DNC) procedentes del Reino de España. Esta medida se fundamenta en el reporte oficial de brotes activos de dicha enfermedad en España, comunicado a través del Sistema Mundial de Información Sanitaria (WAHIS) de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA).
Objeto y destinatarios de la resolución
La resolución está dirigida principalmente a importadores, operadores de comercio exterior y autoridades sanitarias involucradas en la importación y control de productos pecuarios. Su objetivo es evitar la entrada y propagación de la Dermatosis Nodular Contagiosa en el territorio colombiano, protegiendo la salud animal y la producción agropecuaria del país.
Medidas adoptadas y principales disposiciones
Entre las principales decisiones, el ICA suspende la emisión de DZI para bovinos, bufalinos, productos y subproductos de riesgo que puedan transmitir la DNC desde España. No obstante, permite el ingreso de ciertos productos considerados seguros según el Código Sanitario para los Animales Terrestres de la OMSA, tales como:
- Carne de músculos del esqueleto
- Tripas
- Gelatina y colágeno
- Sebo
- Pezuñas y cuernos
Asimismo, se establecen requisitos específicos para productos lácteos y pieles bovinas, incluyendo la presentación de certificados veterinarios internacionales que acrediten procesos como la pasteurización y tratamientos especiales para cueros y pieles, conforme a las normas internacionales.
La resolución prohíbe además el ingreso de bovinos y productos susceptibles de transmitir la DNC transportados como equipaje acompañado o mediante encomiendas postales desde España, salvo que cumplan con las condiciones sanitarias señaladas.
En caso de ingreso de mercancías que no cumplan con estos requisitos, se ordena el reembarque o la destrucción de los mismos.
Fundamento legal y normativo
Esta resolución se sustenta en diversas normas nacionales e internacionales que regulan la sanidad animal y el comercio de productos agropecuarios, entre ellas:
- Decretos nacionales: 4765 de 2008, 3761 de 2009, 1071 de 2015
- Decisiones de la Comunidad Andina (CAN): 737 de 2010, 880 de 2021, 1153 de 2008 y 1352 de 2010
- Código Sanitario para los Animales Terrestres de la OMSA
- Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la Organización Mundial del Comercio (OMC)
- Leyes nacionales: Ley 101 de 1993 y Ley 1437 de 2011
Estas disposiciones confieren al ICA la facultad de adoptar medidas sanitarias preventivas, suspender permisos y garantizar el control sanitario para proteger la salud animal y la producción nacional.
Vigencia y condiciones para el levantamiento de la medida
La suspensión se mantendrá vigente hasta que la Organización Mundial de Sanidad Animal reporte la resolución del brote en España y se cumplan las disposiciones supranacionales que determine la Comunidad Andina. La resolución entró en vigor desde su publicación en el Diario Oficial.
Impacto potencial
La medida busca salvaguardar el estatus sanitario nacional respecto a la Dermatosis Nodular Contagiosa, enfermedad que puede causar graves afectaciones en bovinos y bufalinos, con consecuencias económicas significativas para el sector ganadero. Al restringir la importación de animales y productos de riesgo desde un país con brotes activos, se fortalece la prevención y control epidemiológico en Colombia, protegiendo a productores y consumidores.
En conclusión, esta resolución refleja la aplicación efectiva de la normativa sanitaria internacional y nacional para prevenir riesgos biológicos en el comercio agropecuario, garantizando la salud pública y animal en el país. El ICA continuará monitoreando la situación sanitaria internacional y adoptará las medidas correspondientes para mantener la protección del sector agropecuario colombiano.