Entidad emisora y contexto legal
La resolución fue emitida por el Director General de la Agencia Nacional de Tierras (ANT) el 29 de diciembre de 2025, y publicada en el Diario Oficial No. 53.397 el 13 de febrero de 2026. La ANT, como autoridad máxima en materia de tierras de la nación para temas de competencia, asume las funciones previamente asignadas al Incora e Incoder, especialmente en lo relativo a la titulación colectiva de tierras para comunidades negras conforme a la Ley 70 de 1993 y el Decreto Ley 2363 de 2015.
Tema principal y destinatarios
El asunto central es la adjudicación colectiva del predio denominado “Lomas de Ampudia”, un terreno fiscal del Fondo de Tierras para la Reforma Rural Integral, con una extensión de 748 hectáreas y 9,520 metros cuadrados, ubicado en la vereda San Antonio, municipio de Jamundí, Valle del Cauca. El destinatario principal es el Consejo Comunitario “El Alterón” de la Comunidad Negra del corregimiento de Villa Paz, organización que representa a 179 familias y 555 personas. Este reconocimiento es relevante para fortalecer los derechos territoriales, culturales y ambientales de la comunidad afrocolombiana, garantizando su autonomía y desarrollo sostenible.
Objetivo y finalidad de la resolución
La resolución tiene como finalidad adjudicar formalmente la propiedad colectiva de tierras a la comunidad negra, en cumplimiento de la Ley 70 de 1993 y disposiciones reglamentarias, para consolidar el territorio de la comunidad y proteger sus derechos ancestrales. Busca además asegurar la conservación ambiental, la función social y ecológica de la propiedad, y establecer un régimen administrativo conforme a las tradiciones y usos propios de la comunidad.
Principales decisiones y regulaciones
Entre las decisiones clave destacan:
- Adjudicación del predio “Lomas de Ampudia” como tierras de propiedad colectiva de la comunidad negra, excluyendo la franja paralela de hasta treinta metros a los cuerpos de agua, que se considera bien de uso público, inalienable e imprescriptible.
- Establecimiento de obligaciones especiales para la conservación ambiental, protección de bosques y fuentes hídricas, conforme al artículo 58 constitucional y normativa ambiental vigente, como el Decreto 1076 de 2015.
- Reconocimiento del carácter colectivo, inembargable e imprescriptible de las tierras adjudicadas, con derecho al usufructo para las familias integrantes y regulación de la asignación interna mediante reglamento propio.
- Definición de la administración del territorio a cargo de la Junta del Consejo Comunitario, con mecanismos para garantizar equidad y sostenibilidad en el manejo de recursos.
- Exclusión expresa de predios de propiedad privada y bienes de uso público del título colectivo.
- Notificación a autoridades competentes y publicación para efectos legales.
- Facultad para interponer recurso de reposición ante la ANT en un término de diez días hábiles tras la notificación.
Base legal y normatividad aplicable
La resolución se sustenta en un sólido marco jurídico, incluyendo:
- Artículo 11 de la Ley 70 de 1993, que reconoce la propiedad colectiva a comunidades negras.
- Decreto Ley 2363 de 2015, que crea la ANT y le asigna competencia en titulación de tierras.
- Decreto 1066 de 2015, reglamentario del sector agrícola y desarrollo rural.
- Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, incorporado al bloque de constitucionalidad colombiano.
- Sentencia T-955 de 2003 de la Corte Constitucional, que delimita el alcance del derecho territorial colectivo.
- Normas ambientales, incluyendo el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y legislación relativa a rondas hídricas.
Procedimiento y análisis técnico
El proceso administrativo inició con la solicitud formal del Consejo Comunitario, seguida de verificaciones técnicas y jurídicas realizadas por la ANT y la Comisión Técnica de la Ley 70 de 1993. Se realizó una visita técnica con análisis censal, social, agroambiental y topográfico del territorio, así como un levantamiento topográfico y la definición de linderos, sin presentar oposiciones o conflictos con terceros ocupantes. Se excluyeron áreas de propiedad privada y bienes públicos conforme a la ley.
Impacto potencial
Esta resolución representa un avance significativo en el reconocimiento efectivo de derechos territoriales de comunidades negras, fortaleciendo su autonomía, identidad cultural y capacidad para gestionar sosteniblemente sus recursos naturales. Además, contribuye a la conservación ambiental y a la seguridad jurídica en el uso del territorio, elementos clave para la paz y el desarrollo rural inclusivo en Colombia.
En suma, la adjudicación del predio “Lomas de Ampudia” a la comunidad negra organizada en el Consejo Comunitario “El Alterón” ratifica el compromiso estatal con la protección de los derechos étnicos y territoriales, garantizando un marco jurídico claro y la promoción del desarrollo sostenible en el Valle del Cauca. Esta acción consolida un precedente importante para futuras adjudicaciones y el fortalecimiento de la justicia social en el país.