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Consejo Nacional Electoral fija topes para gastos y reposición en segunda vuelta para Alcaldía Mayor de Bogotá 2026

Proviene de: Resoluciones

16 de febrero de 2026 15:17:57

Entidades emisoras y contexto normativo

La Resolución Sala Plena 0484 de 2026 fue emitida por el Consejo Nacional Electoral el 28 de enero de 2026, y publicada en el Diario Oficial No. 53.397 el 13 de febrero de 2026. Esta resolución responde a la necesidad de regular los montos máximos de gastos de campaña y establecer el valor de reposición para la segunda vuelta de la elección del Alcalde Mayor de Bogotá, prevista para las elecciones de 2026. El marco legal que sustenta esta decisión incluye los artículos 109 y 265 de la Constitución Política, así como el artículo 24 de la Ley 1475 de 2011. Además, toma en cuenta el Acto Legislativo 03 de 2019, que introdujo la segunda vuelta para esta elección, y la Ley 996 de 2005, que regula la financiación en elecciones presidenciales y sirve como precedente en aspectos financieros de segundas vueltas. También se fundamenta en la Sentencia C-1153 de 2005 de la Corte Constitucional, que validó criterios de razonabilidad para establecer topes en campañas de segunda vuelta.

Objeto y destinatarios de la resolución

El tema central de la resolución es la fijación de límites a los montos de gastos de campaña y la determinación del valor de reposición para la segunda vuelta electoral del Alcalde Mayor de Bogotá, en caso de que esta segunda vuelta se realice. Los destinatarios principales son los partidos y movimientos políticos con personería jurídica, los grupos significativos de ciudadanos, las coaliciones políticas, así como los comités independientes y los promotores del voto en blanco que participen en la elección....

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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