Entidad emisora y contexto normativo
El Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), máxima autoridad catastral nacional, emitió la Resolución 0112 de 2026 el 13 de febrero de 2026, publicada en el Diario Oficial No. 53.397. Esta norma se enmarca en las facultades constitucionales y legales conferidas al IGAC, especialmente por el Decreto 846 de 2021 y la Ley 1955 de 2019, modificada por la Ley 2294 de 2023, que regulan la gestión catastral como servicio público orientado a la adecuada formación, actualización y conservación de la información catastral con enfoque multipropósito.
Tema principal y destinatarios
La resolución prorroga la suspensión del Sistema Nacional Catastral y de los términos administrativos de los trámites catastrales en los municipios donde se adelantaron procesos de actualización catastral para la vigencia 2026. Los principales destinatarios son las autoridades catastrales municipales y los ciudadanos que realizan trámites relacionados con inmuebles en dichas localidades. Esta suspensión busca evitar inconsistencias en la gestión y garantizar la integridad de la información registrada.
Objetivo y finalidad de la resolución
El propósito central es permitir el cargue masivo y la conciliación de la información generada durante los procesos de actualización catastral, asegurando que el Sistema Nacional Catastral disponga de una base de datos estática y confiable para la conservación y administración del territorio. La prórroga es necesaria debido al alto volumen de datos y los retrasos en el procesamiento, condiciones que impiden la gestión normal dentro de los plazos inicialmente previstos.
Principales decisiones y regulaciones
La resolución establece que:
- Se prorroga la suspensión del Sistema Nacional Catastral y de los términos administrativos hasta el 27 de febrero de 2026 a las 23:59 horas.
- Los días de suspensión se contarán como días calendario dentro del sistema catastral.
- Las actuaciones administrativas en curso que impliquen la culminación de la vía administrativa y no hayan sido notificadas continuarán a partir del primer día hábil posterior al levantamiento de la suspensión.
- El levantamiento de la suspensión podrá efectuarse de manera individual para cada municipio antes del término fijado, una vez culminado exitosamente el cargue de información.
- Durante la suspensión, el IGAC seguirá atendiendo asuntos que no dependan del Sistema Nacional Catastral y garantizará la prestación continua del servicio público catastral.
- Se autoriza la consulta limitada de trámites y procesos para la atención urgente de acciones de tutela.
- Los trámites de conservación y quejas relacionadas con municipios afectados se radicarán normalmente, pero su procesamiento se retomará tras la finalización de la suspensión.
Fundamento legal
La resolución sustenta su decisión en las disposiciones constitucionales relativas a los servicios públicos (artículo 365 de la Constitución Política), la Ley 14 de 1983 sobre labores catastrales, la Ley 1955 de 2019 y la Ley 2294 de 2023 que regulan la gestión catastral como servicio público, y el Decreto 846 de 2021 que define las funciones del IGAC. Además, se mantiene coherencia con resoluciones previas emitidas por el IGAC, en particular las Resoluciones 1976 de 2025 y 0028 de 2026, que establecieron y ampliaron la suspensión inicial.
Impacto y alcance
Esta prórroga busca garantizar la integridad y calidad de la información catastral, elemento fundamental para la seguridad jurídica en la propiedad inmueble, el fortalecimiento de los recursos fiscales locales y el ordenamiento territorial. La suspensión temporal afecta principalmente a los municipios objeto de actualización, pero el IGAC mantiene la atención en otros procesos y servicios catastrales no vinculados al Sistema Nacional Catastral.
En resumen, la Resolución 0112 de 2026 representa una medida administrativa orientada a asegurar la correcta actualización y consolidación de la información catastral en Colombia, mediante la suspensión temporal y prórroga del Sistema Nacional Catastral, con el fin de mejorar la gestión pública y los derechos de los ciudadanos sobre sus propiedades. El IGAC reitera su compromiso con la transparencia y la eficiencia en la prestación del servicio catastral, e invita a los ciudadanos y autoridades a mantenerse informados sobre las novedades y avances en este proceso.