Tribunal Administrativo de Boyacá confirma nulidad de actos administrativos y ordena reintegro en caso de reestructuración municipal
Tribunal Administrativo de Boyacá confirma nulidad de actos administrativos y ordena reintegro en caso de reestructuración municipal
Proviene de: Sentencias
20 de febrero de 2026 8:33:14
Contexto y naturaleza de la decisión
La Sala de Decisión No. 5 del Tribunal Administrativo de Boyacá resolvió en segunda instancia los recursos de apelación interpuestos en un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho contra el Municipio de Chivatá. La providencia judicial confirma en gran parte la sentencia del Juzgado Primero Administrativo del Circuito de Tunja, dictada el 9 de diciembre de 2022, que declaró la nulidad de varios actos administrativos y ordenó medidas restitutorias a favor de la demandante.
Antecedentes fácticos y procesales
La demandante, vinculada desde 2012 en un cargo provisional de secretaria en la planta de personal del municipio, fue desvinculada en enero de 2019 bajo el argumento de una reestructuración administrativa. La administración municipal emitió varios actos —entre ellos acuerdos del Concejo Municipal, decretos y una resolución de insubsistencia— que fundamentaron su retiro, alegando la supresión del cargo y un proceso de rediseño institucional.
Sin embargo, la demandante cuestionó la legalidad y motivación de dichos actos, señalando que el cargo que ella desempeñaba no correspondía con aquel cuya supresión justificó su desvinculación, además de advertir irregularidades en la prórroga de facultades al alcalde para realizar la reestructuración y deficiencias en el estudio técnico que sustentó la reforma de la planta de personal.
Consideraciones jurídicas y fundamentos de la decisión
El Tribunal reafirmó la declaración de nulidad de los acuerdos municipales que otorgaron facultades extraordinarias al alcalde para la reestructuración, debido a que dichas facultades fueron prorrogadas indebidamente, lo que vulneró el principio de legalidad y el marco constitucional (artículo 313 de la Constitución Política).
Asimismo, anuló los decretos expedidos por fuera del...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.