Tribunal Administrativo de Boyacá confirma reconocimiento integral de bonificación judicial como factor salarial
Proviene de: Sentencias
20 de febrero de 2026 8:36:52
Contexto y antecedentes del caso
El Tribunal Administrativo de Boyacá conoció el recurso de apelación interpuesto por la entidad demandada contra la sentencia proferida el 29 de abril de 2024 por el Juzgado 404 Administrativo Transitorio de Tunja, que accedió parcialmente a las pretensiones de un grupo de servidores judiciales. Estos funcionarios solicitaron que se declarara parcialmente nulo el oficio mediante el cual se negó el reconocimiento de la bonificación judicial creada por el Decreto 383 de 2013 como factor salarial para todos los efectos legales. Además, reclamaron la configuración de silencio administrativo negativo por la falta de resolución del recurso de apelación interpuesto contra dicho oficio y solicitaron su anulación.
En esencia, los demandantes sostuvieron que la bonificación judicial, percibida de manera habitual y periódica desde 2013, debía ser considerada factor salarial integral conforme a la legislación laboral y constitucional, y no solo para efectos de cotización en salud y pensiones, como establecía el decreto. Por lo tanto, solicitaron la reliquidación y pago de las diferencias en prestaciones sociales causadas desde 2013 hasta 2021, con su respectiva indexación.
Por su parte, la entidad demandada argumentó que la potestad para fijar el régimen salarial correspondía exclusivamente al Gobierno Nacional, y que el Decreto 383 de 2013 determinó expresamente que la bonificación judicial era factor salarial únicamente para la base de cotización a pensiones y salud. Asimismo, invocó la imposibilidad material y presupuestal para reconocer las pretensiones demandadas y la presunción de constitucionalidad del decreto.
Decisión de primera instancia y recurso de apelación
El Juzgado 404 Administrativo Transitorio de Tunja declaró la inaplicabilidad, por inconstitucional, de...
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