Contexto y naturaleza de la decisión
La Sala de Decisión No. 1 del Tribunal Administrativo de Boyacá dictó una sentencia de segunda instancia el 28 de enero de 2026, en el marco de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho interpuesto contra la Fiscalía General de la Nación. La apelación se presentó frente a una sentencia de primera instancia proferida por el Juzgado Administrativo Transitorio del Circuito Judicial de Tunja el 5 de octubre de 2022, que accedió parcialmente a las pretensiones de la demanda. Antecedentes fácticos y procesales
La demanda fue presentada por una fiscal delegada ante jueces municipales y promiscuos, quien reclamó el reconocimiento y pago de la prima especial de servicios equivalente al 30% de su salario mensual, que le había sido descontado durante su vinculación laboral. Además, solicitó la reliquidación y pago de prestaciones sociales, incluyendo las cesantías, con inclusión de dicha prima como factor salarial. La Fiscalía General de la Nación se opuso a las pretensiones, argumentando prescripción de derechos anteriores a 2018, inaplicabilidad de la prima especial para prestaciones distintas de la pensión y que desde 2003 la prima fue suprimida para efectos de prestaciones sociales, entre otros motivos. Consideraciones jurídicas y fundamentos de la sentencia
La Sala revisó las normas aplicables, en particular el artículo 14 de la Ley 4 de 1992, el Decreto 53 de 1993 y la Ley 476 de 1998, así como la jurisprudencia relevante, especialmente la sentencia de unificación del Consejo de Estado de 15 de diciembre de 2020. Esta última estableció que para funcionarios acogidos al régimen...Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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