Tribunal Administrativo de Boyacá niega adición y corrección de sentencia en proceso sobre bonificación judicial
Proviene de: Sentencias
20 de febrero de 2026 16:57:1
Providencia judicial y contexto procesal
La Sala de Decisión No. 2 del Tribunal Administrativo de Boyacá conoció en segunda instancia un recurso de nulidad y restablecimiento del derecho interpuesto contra la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial, entidad demandada. La parte actora solicitó la adición de la sentencia de primera instancia, con el fin de que se pronuncie expresamente sobre una certificación laboral aportada en apelación, la fecha real de inicio del vínculo laboral y el efecto de esta prueba en el análisis de prescripción.
Antecedentes fácticos y procesales
La demandante reclamó el reconocimiento de bonificación judicial por el tiempo laborado en la Rama Judicial. En la demanda inicial y durante el recurso de apelación, aportó certificaciones laborales que indicaban una fecha anterior al reconocimiento original establecido en primera instancia. La reclamación administrativa se había presentado en octubre de 2021, por lo que la prescripción aplicable solo permitiría considerar un período desde octubre de 2018.
Sin embargo, la sentencia de segunda instancia confirmó la fecha de vinculación establecida inicialmente, el 14 de mayo de 2021, sin analizar ni explicar el rechazo de la certificación laboral aportada que indicaba una vinculación desde junio de 2018.
Consideraciones jurídicas de la providencia
El tribunal recordó que, conforme al artículo 287 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CGP), la adición de sentencias procede cuando se omite pronunciarse sobre puntos relevantes de la litis, y debe realizarse dentro del término de ejecutoria, de oficio o a solicitud de parte. Por otro lado, el artículo 286 del CGP establece la posibilidad de corrección de errores aritméticos o de omisión...
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