Tribunal Administrativo de Boyacá confirma sanción moratoria por demora en reconocimiento de cesantías a docente oficial
Proviene de: Sentencias
20 de febrero de 2026 8:59:18
Contexto y naturaleza de la providencia
El Tribunal Administrativo de Boyacá, en segunda instancia, resolvió el recurso de apelación interpuesto por el Departamento de Boyacá contra la sentencia del Juzgado Tercero Administrativo Oral del Circuito Judicial de Duitama, proferida el 16 de diciembre de 2024. La providencia adoptada es una sentencia que confirma parcialmente la decisión de primera instancia dentro del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho instaurado por un docente oficial en contra del Ministerio de Educación, el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FOMAG), Fiduciaria La Previsora y el Departamento de Boyacá – Secretaría de Educación.
Antecedentes fácticos y procesales
El docente presentó solicitud el 21 de julio de 2021 para el reconocimiento y pago de cesantías parciales ante la Secretaría de Educación del Departamento de Boyacá. Según la Ley 1071 de 2006, la entidad territorial tenía un plazo máximo de 15 días hábiles para expedir el acto administrativo de reconocimiento, plazo que vencía el 11 de agosto de 2021. Sin embargo, dicho acto se expidió el 11 de octubre de 2021 y fue notificado el 18 de octubre siguiente. Posteriormente, la Fiduciaria hizo efectivo el pago el 23 de diciembre de 2021, dentro del plazo legal de 45 días hábiles para cancelación del valor reconocido.
Ante la demora en la expedición del acto administrativo, el docente solicitó el reconocimiento y pago de la sanción moratoria prevista en las Leyes 1071 de 2006 y 1955 de 2019, petición que fue negada por la Secretaría de Educación mediante oficio y por silencio administrativo por parte del FOMAG y Fiduciaria.
El Juzgado Tercero...
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