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Tribunal Administrativo de Boyacá confirma pago de prima especial y aportes pensionales a fiscal delegado

Proviene de: Sentencias

20 de febrero de 2026 9:1:22

Providencia judicial en segunda instancia sobre prima especial y aportes pensionales

El Tribunal Administrativo de Boyacá, Sala de Decisión No. 5, resolvió el recurso de apelación interpuesto por la Fiscalía General de la Nación contra la sentencia del Juzgado Administrativo Transitorio del Circuito Judicial de Tunja, proferida el 28 de febrero de 2024. La primera instancia había accedido parcialmente a la demanda presentada por un fiscal delegado, quien reclamaba el pago de la prima especial de servicios y la reliquidación de prestaciones sociales y aportes pensionales.

Antecedentes del caso

El proceso se originó tras la negativa de la Fiscalía General de la Nación a reconocer el pago de la prima especial correspondiente al 30% del salario básico mensual, derecho contemplado en el artículo 14 de la Ley 4ª de 1992 y su desarrollo normativo. La parte demandante, vinculada como fiscal delegado ante jueces del circuito desde 2004, presentó una reclamación administrativa el 19 de febrero de 2021, la cual fue negada mediante acto administrativo. Posteriormente, interpuso demanda de nulidad y restablecimiento del derecho solicitando, entre otros aspectos, el reconocimiento de la prima especial, reliquidación y pago de prestaciones sociales y aportes pensionales, con indexación conforme al IPC y reconocimiento de intereses moratorios. El Juzgado Administrativo Transitorio de Tunja declaró la nulidad del acto administrativo que negó el derecho y condenó a la Fiscalía a pagar la prima especial del 30% sobre el 100% del salario básico desde el 19 de febrero de 2018, así como las diferencias en aportes pensionales tomando en cuenta esta prima como factor salarial. Sin embargo,...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
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