Contexto y referencia del proyecto
El proyecto de decreto, anunciado en 2025 por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, propondría modificar el artículo 1° del Decreto 1881 de 2021, que adoptó el Arancel de Aduanas vigente desde el 1° de enero de 2022. La iniciativa se fundamentaría en la Decisión 805 de la Comunidad Andina, que faculta a los países miembros para adoptar modificaciones arancelarias, y en las facultades constitucionales otorgadas al Presidente de la República para modificar aranceles y regular el comercio exterior.
La propuesta atendería una solicitud realizada por la Cámara de la Industria de Alimentos de la Asociación Nacional de Empresarios de Colombia (ANDI), que, mediante oficio radicado en septiembre de 2025, habría solicitado un diferimiento permanente del arancel del 0% para la importación de maníes sin tostar ni cocer, sin cáscara, clasificados en la subpartida 1202.42.00.00.
Propósito y sectores afectados
El propósito principal del proyecto sería establecer un arancel del 0% para la importación de maní sin cáscara por un término de cinco años, ampliando la vigencia del arancel cero que actualmente se encuentra establecido hasta 2026. Esta medida estaría dirigida principalmente al sector alimenticio, que depende de insumos derivados del maní, y que enfrenta dificultades debido a la ausencia de producción nacional significativa de maní de la variedad runner y a la falta de infraestructura para su procesamiento.
Además, la medida buscaría equilibrar la competencia del sector nacional frente a productos procesados importados que ingresan con preferencias arancelarias, favoreciendo así la producción local de alimentos que utilizan maní como materia prima.
Modificaciones y medidas específicas propuestas
El proyecto de decreto establecería un arancel del cero por ciento (0%) para la importación de maníes sin tostar ni cocer, sin cáscara e incluso quebrantados, clasificados en la subpartida arancelaria 1202.42.00.00, por un periodo de cinco años contados a partir de la entrada en vigor del decreto.
Esta modificación implicaría la sustitución parcial del artículo 1° del Decreto 1881 de 2021 y mantendría la aplicación de las disposiciones sin perjuicio de tratados, convenios y acuerdos internacionales vigentes para Colombia en materia comercial.
Participación de actores clave
El proyecto se basaría en recomendaciones del Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior, que en diciembre de 2025 habría sugerido extender el arancel cero para la importación de maní sin cáscara por cinco años. Asimismo, contaría con un concepto favorable de costo fiscal emitido por el Consejo Superior de Política Fiscal (CONFIS).
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo sería la entidad responsable de la publicación y eventual implementación del decreto, en coordinación con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Participación ciudadana y acceso al proyecto
De acuerdo con lo previsto en el artículo 2.1.2.1.14 del Decreto 1081 de 2015, modificado por el Decreto 1273 de 2020, el proyecto de decreto habría sido sometido a consulta pública por un periodo de quince días calendario, con el fin de garantizar la participación ciudadana frente a los aspectos normativos abordados.
La ciudadanía podría acceder al texto completo del proyecto y enviar sus comentarios a través del sitio web oficial del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo durante el plazo establecido para la consulta, cuyos detalles específicos de fechas y medios habrían sido publicados en la plataforma institucional.
| Subpartida Arancelaria |
Descripción |
Arancel Propuesto |
Vigencia |
| 1202.42.00.00 |
Maníes (cacahuetes, cacahuates) sin tostar ni cocer, sin cáscara incluso quebrantados |
0% |
5 años desde la entrada en vigor |
En conclusión, esta iniciativa busca fortalecer el sector alimenticio nacional al facilitar el acceso a insumos importados de maní sin cáscara con arancel cero, durante un periodo de cinco años, permitiendo así una mayor competitividad y desarrollo del mercado interno. El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo continuará con el seguimiento y la evaluación de los efectos de esta medida para garantizar su efectividad y adecuación a las necesidades del país.