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Proyecto de Resolución de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios modifica cronograma de reporte para prestadores de aseo

Proviene de: Proyectos de Resolución

24 de febrero de 2026 10:55:49

Propósito y objetivo del proyecto de resolución

El proyecto de resolución busca actualizar los plazos establecidos para el cargue de información retroactiva al Sistema Único de Información (SUI) por parte de los prestadores del servicio público de aseo. Su objetivo principal es facilitar el cumplimiento de los reportes exigidos, asegurando la calidad, completitud y consistencia de la información, lo que beneficia tanto a los operadores del sector como a la entidad supervisora encargada de la vigilancia.

Nuevas disposiciones y mecanismos introducidos

Este proyecto modifica el cronograma de reporte establecido en la Resolución SSPD 20251000182585 de 2025, incorporando fechas específicas para el reporte retroactivo de información tarifaria a través del aplicativo SURICATA Aseo. Se establece un calendario detallado para los años 2018 a 2025, con plazos que van desde el 31 de marzo de 2026 hasta el 31 de julio de 2026, para facilitar la entrega de datos correspondientes a períodos anteriores. Además, para las vigencias de 2026 y siguientes, se fija el 15 de septiembre del año correspondiente como fecha máxima para el reporte. Un parágrafo aclara que los prestadores con información previamente certificada no deberán repetir el reporte para esos períodos, debiendo ajustarse a los nuevos tiempos establecidos para los demás casos.

Acciones y regulaciones establecidas

El proyecto responde a las inquietudes manifestadas por los prestadores de servicio durante mesas de trabajo realizadas por la Dirección Técnica de Gestión de Aseo de la SSPD. Estas reuniones evidenciaron dificultades técnicas y operativas relacionadas con la configuración de áreas de prestación, precisión en variables numéricas, exigencia de información obligatoria en ciertos módulos y las reglas de validación. Con base en estos análisis, se propone una extensión razonable de los plazos para el reporte retroactivo, alineada con criterios de proporcionalidad y eficiencia administrativa. Se mantiene la vigencia de los cronogramas establecidos en resoluciones anteriores, excepto en lo referente a la información retroactiva, cuya fecha máxima se actualiza conforme al nuevo calendario.

Impacto y alcance potencial

La modificación del cronograma busca fortalecer la supervisión y control sobre los prestadores del servicio público de aseo, al facilitar el cumplimiento de las obligaciones de reporte en el SUI. Esto contribuye a mejorar la calidad de la información tarifaria disponible, lo que es fundamental para la regulación efectiva y la protección de los usuarios. Asimismo, esta medida promueve la eficiencia administrativa y la transparencia en la gestión del sector, beneficiando a los prestadores, a la Superintendencia y, en última instancia, a los consumidores de los servicios públicos domiciliarios.

Participación de actores clave

La elaboración del proyecto contó con la participación activa de la Dirección Técnica de Gestión de Aseo de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, que lideró las mesas de trabajo con los prestadores del servicio público de aseo para identificar y atender las dificultades técnicas y operativas. La aprobación y firma del proyecto están a cargo de la Superintendencia Delegada para Acueducto, Alcantarillado y Aseo y la Oficina Asesora Jurídica de la entidad, garantizando el respaldo legal y técnico necesario para su implementación.

Este proyecto de resolución se encuentra en proceso de publicación y posterior cumplimiento, con el objetivo de optimizar la administración y operación del Sistema Único de Información en el sector de servicios públicos domiciliarios, contribuyendo así al desarrollo sostenible y la mejora continua del servicio público de aseo en el país.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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