Auto del Tribunal Administrativo de Cundinamarca suspende sentencia de segunda instancia por revisión constitucional de la Ley 2381 de 2024
Proviene de: Sentencias
24 de febrero de 2026 11:25:41
Contexto y ámbito de la decisión
El auto fue dictado por la Sección Segunda, Subsección “B” del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en el marco de un proceso contencioso administrativo de segunda instancia. La controversia se originó por la aplicación de la Ley 2381 de 2024, que establece el Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte de Origen Común, en un caso relacionado con el reconocimiento de pensión con tiempos simultáneos.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso llegó al Tribunal después de que el Juzgado Cuarenta y Seis Administrativo del Circuito de Bogotá emitiera sentencia el 21 de julio de 2025, declarando probada la excepción de caducidad del medio de control con fundamento en el artículo 86 de la Ley 2381 de 2024. Esta disposición establece un término de caducidad de cinco años para ejercer acciones administrativas y contencioso administrativas respecto de pensiones reconocidas, con ciertas excepciones.
La entidad demandante interpuso recurso de apelación argumentando que el término de caducidad debía contarse a partir de la vigencia de la ley (16 de julio de 2024) y no desde la fecha del reconocimiento de la pensión, sosteniendo que la caducidad no se habría configurado aún para el caso específico.
Consideraciones relevantes de la providencia
La Sala Plena de la Corte Constitucional, mediante auto del 17 de junio de 2025, ordenó la devolución de la Ley 2381 de 2024 a la Cámara de Representantes para que subsane un vicio de procedimiento detectado durante su trámite legislativo. En consecuencia, la Corte dispuso la suspensión de la entrada en vigencia de la ley, con excepción de ciertos artículos, y la suspensión de los términos procesales en demandas contra esta ley hasta que se pronuncie definitivamente sobre su constitucionalidad.
Atendiendo esta decisión, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca resolvió suspender la emisión de la sentencia de segunda instancia en el proceso en curso, manteniendo el expediente en la Secretaría de la Subsección hasta que la Corte Constitucional emita su decisión definitiva. Esta medida busca garantizar la coherencia y seguridad jurídica en la aplicación de la norma cuestionada.
Implicaciones jurídicas
El auto refleja la importancia del control constitucional en el trámite legislativo y en la vigencia de las normas que regulan derechos fundamentales, como el acceso a la protección social y las pensiones. Asimismo, evidencia cómo las decisiones de la Corte Constitucional pueden impactar en los procesos administrativos y jurisdiccionales en curso, al ordenar suspensiones y ajustes procesales para salvaguardar el debido proceso y la seguridad jurídica.
En resumen, la providencia destaca la necesidad de esperar el pronunciamiento final de la Corte Constitucional para definir con claridad la aplicación de la Ley 2381 de 2024, especialmente en asuntos relacionados con términos de caducidad y reconocimiento de pensiones, evitando decisiones contradictorias y asegurando la correcta interpretación normativa conforme a los principios constitucionales vigentes. Así, se garantiza la estabilidad jurídica y la protección efectiva de los derechos de los ciudadanos involucrados en estos procesos.
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