Consejo de Estado concede recurso de apelación contra sentencia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca en proceso relacionado con Ministerio de Tecnologías de la Información
Proviene de: Sentencias
24 de febrero de 2026 11:40:10
Contexto y tribunal de la decisión
El pasado 11 de febrero de 2026, la Sección Tercera del Consejo de Estado emitió un auto mediante el cual concede el recurso de apelación presentado contra la sentencia de primera instancia dictada el 12 de diciembre de 2025 por la Subsección B de la Sección Tercera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca. La providencia fue notificada a las partes mediante correo electrónico el 16 de diciembre de 2025.
Este proceso se enmarca en un medio de control de reparación directa y agrupa tres expedientes acumulados que involucran a la Nación, representada por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, como parte demandada.
Antecedentes fácticos y procesales
Los procesos acumulados se originaron a partir de demandas presentadas contra el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y otros, buscando la reparación directa por presuntos daños ocasionados. Tras la sentencia de primera instancia, la parte demandante interpuso oportunamente el recurso de apelación el 15 de enero de 2026, dentro del plazo legal establecido, teniendo en cuenta la celebración del Día de la Justicia que afectó el cómputo del término.
Además, durante el trámite, el representante legal de una de las sociedades apoderadas de una de las partes demandadas presentó renuncia al poder conferido, la cual fue aceptada conforme a los requisitos legales previstos en el Código General del Proceso.
Consideraciones jurídicas y sentido de la decisión
El Consejo de Estado verificó que la interposición del recurso de apelación se realizó dentro del término legal, conforme a los artículos 205 y 247 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA). En consecuencia, se concedió el recurso en efecto suspensivo, lo que implica la suspensión de la ejecución de la sentencia impugnada hasta tanto se resuelva el recurso en segunda instancia.
El auto también dispone remitir el expediente en formato híbrido al tribunal superior, incluyendo el enlace electrónico correspondiente para facilitar su consulta.
Por otra parte, se aceptó la renuncia al poder presentada por el apoderado de la sociedad que representa al patrimonio autónomo de remanentes de Telecom y Teleasociadas en liquidación, en cumplimiento de los requisitos legales previstos en el artículo 76 del Código General del Proceso.
Implicaciones y próximos pasos
Esta decisión representa un paso procesal fundamental en el desarrollo del litigio, pues el recurso de apelación permitirá que el Consejo de Estado, como tribunal superior, revise y evalúe de fondo la sentencia emitida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca. La suspensión de la ejecución de la resolución impugnada garantiza la protección de los derechos de las partes durante el trámite de la apelación.
Finalmente, la providencia ordena notificar a los sujetos procesales involucrados, asegurando la transparencia y el respeto al debido proceso en todas las etapas del procedimiento, y se espera que en las próximas semanas se realicen las audiencias correspondientes para avanzar en la resolución definitiva del caso.
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