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Tribunal Administrativo de Cundinamarca confirma decisión sobre nulidad y restablecimiento del derecho en proceso contra la Rama Judicial

Proviene de: Sentencias

24 de febrero de 2026 15:7:55

Contexto y naturaleza de la providencia

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en su calidad de instancia jurisdiccional contencioso administrativa, emitió un auto el 13 de febrero de 2026 mediante el cual se resolvió dar cumplimiento a una decisión superior. Esta providencia corresponde a la Sección Segunda, Subsección B, y fue suscrita por el magistrado sustanciador encargado.

Antecedentes fácticos y procesales

El caso se inició con una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho interpuesta contra la Nación, específicamente la Rama Judicial a través de su Dirección Ejecutiva de Administración Judicial. La parte demandante solicitaba la revisión de una situación administrativa cuya presunta insubsistencia dio lugar al proceso. Previamente, el 22 de mayo de 2025, esta Subsección negó las pretensiones formuladas en la demanda. Posteriormente, el Consejo de Estado confirmó esta decisión mediante sentencia del 23 de octubre de 2025. En cumplimiento a esta última, el expediente fue remitido al Tribunal Administrativo de Cundinamarca el 18 de diciembre de 2025 para la ejecución de lo resuelto.

Consideraciones clave y fundamentos de la decisión

El Tribunal Administrativo basó su providencia en la confirmación de la decisión adoptada por la instancia superior, reafirmando la negativa a la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho. En consecuencia, ordenó obedecer y cumplir lo resuelto por el Consejo de Estado. Adicionalmente, la providencia estableció que, una vez ejecutoriado el auto, y sin que haya condena en costas, se debe devolver a la parte actora el remanente de los gastos procesales, si los hubiere. Finalmente, dispuso el archivo del expediente, con las anotaciones correspondientes para garantizar la correcta gestión documental.

Aspectos formales y normativos

La providencia fue firmada electrónicamente por el magistrado de la Sección Segunda del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, utilizando la plataforma SAMAI. Esta firma electrónica garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta del documento, conforme a lo previsto en el artículo 186 de la Ley 1437 de 2011, modificado por el artículo 46 de la Ley 2080 de 2021. Este procedimiento refleja la implementación de tecnologías digitales en la administración de justicia, asegurando transparencia y seguridad jurídica en la emisión y conservación de las decisiones judiciales.

Conclusión

La providencia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca confirma la negativa a la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho contra la Nación - Rama Judicial, reafirmando lo decidido por el Consejo de Estado. El auto ordena el cumplimiento estricto de esta decisión, la devolución de gastos procesales y el archivo del expediente, garantizando así la estabilidad y efectividad de las resoluciones judiciales en materia contencioso administrativa. De esta manera, se fortalece la confianza en el sistema judicial y se asegura el respeto por los procedimientos legales vigentes.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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